III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-16025)
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Universidad de Granada y la Tesorería General de la Seguridad Social, para la colaboración con el Máster en Derecho de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235

Viernes 1 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 121176

CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El objeto del presente Convenio es establecer líneas de colaboración entre
la Universidad de Granada (Facultad de Derecho), y la TGSS para la colaboración en
el Máster en Derecho de Seguridad Social.
Segunda.
1.º

Obligaciones de la TGSS.

Obligaciones financieras.

La TGSS financiará con diecisiete mil setecientos cuarenta y tres euros con cuarenta
y cuatro céntimos (17.743,44 €) 12 becas para alumnos designados entre el personal de
la TGSS, los cuales estarán exentos en su totalidad del coste de matrícula fijada en mil
cuatrocientos setenta y ocho euros con sesenta y dos céntimos (1.478,62 €) por cada
alumno.
Igualmente, financiará con mil ochenta euros (1.080 €), la cuota de preinscripción
destinada a la «apertura, tramitación y custodia del expediente académico» de los
alumnos becados por la Tesorería General de la Seguridad Social, fijada en noventa
euros (90 €) por alumno.
Los concurrentes deberán reunir las condiciones y requisitos de acceso regulados en
la Normativa de Estudios de Formación Permanente de la UGR.
2.º

Obligaciones no financieras:

– Difundir el Master entre su personal funcionario.
– Designar un coordinador técnico.
– Fomentar, entre el personal funcionario adscrito a la TGSS, la participación como
profesorado del curso.
Tercera. Obligaciones de la UGR.
1.º

Obligaciones financieras.

– Servicio de alojamiento de materiales docentes y audiovisuales, gestión de
incidencias y asistencia técnica, soporte de matriculación y seguimiento de calidad
siguiendo las directrices acordadas con la dirección académica del título.
– Se realizarán emisiones en directo y grabación de las clases para seguimiento no
presencial de las mismas, con control de asistencia de participantes.
Junto a esa partida por virtualización, hay otros costes indirectos. En particular, el
número de becas que se concede por el Máster es proporcional al número de
matriculados (conforme a la normativa de Posgrado de la Universidad de Granada en la

cve: BOE-A-2021-16025
Verificable en https://www.boe.es

La UGR asumirá directamente la financiación necesaria para cubrir el coste de las
obligaciones a cargo de la misma (gastos académicos de administración y gestión). Esta
financiación no implica un traspaso de dinero a la TGSS, sino que se materializa
mediante la aportación directa de personal, así como de otros servicios con cargo a los
conceptos presupuestarios de su presupuesto vigente de acuerdo con la distinta
naturaleza de los gastos que haya que realizar, para cuya gestión y pago la UGR tramita
y aprueba los correspondientes expedientes de gasto, según los procedimientos
legalmente establecidos.
El Máster se impartirá utilizando el soporte, gestión y seguimiento del Centro
de Producción de Recursos para la Universidad Digital –CEPRUD– de la UGR a través
de la Plataforma de Apoyo Docente (https://prado.ugr.es/) con una metodología de
enseñanza adaptada a distancia. En particular, los servicios que hay que abonar
al CEPRUD son los siguientes: