III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-16004)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Autoridad Portuaria de Bilbao, por la que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Bizkaia, para establecer los criterios y el procedimiento operativo para la prevención y extinción de incendios y otros siniestros dentro del ámbito portuario de coincidencia competencial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 120943
artículo 3.3, de la Norma Foral 1/2016, de 17 de febrero, de Transparencia de Bizkaia, el
mismo será publicado en el portal de transparencia de la Diputación Foral de Bizkaia.
Décima.
Igualdad mujeres y hombres.
Las partes intervinientes incluirán la perspectiva de género en todas las actuaciones
que les corresponda realizar en relación con el presente Convenio, conforme con lo
establecido en la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio, para la igualdad de mujeres y
hombres.
Undécima.
Régimen Jurídico.
El presente Convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose en su interpretación
y desarrollo por el ordenamiento jurídico aplicable a los Convenios, de conformidad con
lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas que surjan entre las partes durante el desarrollo y ejecución
del Convenio y que no puedan ser resueltas en la Comisión de Seguimiento y Control
prevista en la cláusula cuarta, se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa,
conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2021-16004
Verificable en https://www.boe.es
Y para que conste y surta los efectos oportunos donde proceda, las partes firman por
cuadriplicado el presente Convenio, en el lugar y fecha indicados.–Por el Departamento
Foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales, Elixabete Etxanobe
Landajuela, Diputada Foral.–Por la Autoridad Portuaria de Bilbao, Ricardo Barkala
Zumelzu, Presidente.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 120943
artículo 3.3, de la Norma Foral 1/2016, de 17 de febrero, de Transparencia de Bizkaia, el
mismo será publicado en el portal de transparencia de la Diputación Foral de Bizkaia.
Décima.
Igualdad mujeres y hombres.
Las partes intervinientes incluirán la perspectiva de género en todas las actuaciones
que les corresponda realizar en relación con el presente Convenio, conforme con lo
establecido en la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio, para la igualdad de mujeres y
hombres.
Undécima.
Régimen Jurídico.
El presente Convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose en su interpretación
y desarrollo por el ordenamiento jurídico aplicable a los Convenios, de conformidad con
lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas que surjan entre las partes durante el desarrollo y ejecución
del Convenio y que no puedan ser resueltas en la Comisión de Seguimiento y Control
prevista en la cláusula cuarta, se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa,
conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2021-16004
Verificable en https://www.boe.es
Y para que conste y surta los efectos oportunos donde proceda, las partes firman por
cuadriplicado el presente Convenio, en el lugar y fecha indicados.–Por el Departamento
Foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales, Elixabete Etxanobe
Landajuela, Diputada Foral.–Por la Autoridad Portuaria de Bilbao, Ricardo Barkala
Zumelzu, Presidente.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X