III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-16004)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Autoridad Portuaria de Bilbao, por la que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Bizkaia, para establecer los criterios y el procedimiento operativo para la prevención y extinción de incendios y otros siniestros dentro del ámbito portuario de coincidencia competencial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 120936
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
16004
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Autoridad Portuaria de Bilbao,
por la que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Bizkaia, para
establecer los criterios y el procedimiento operativo para la prevención y
extinción de incendios y otros siniestros dentro del ámbito portuario de
coincidencia competencial.
Con fecha 8 de septiembre de 2021 y previa tramitación del oportuno procedimiento,
según lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, se firmó el Convenio entre la Autoridad Portuaria
de Bilbao y la Diputación Foral de Bizkaia al objeto de establecer los criterios y el
procedimiento operativo para la prevención y extinción de incendios y otros siniestros
dentro del ámbito portuario de coincidencia competencial
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la citada Ley 40/2015, la eficacia
del Convenio se condiciona a su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO), y a su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», por lo que por medio de la presente se Acuerda:
La publicación en el BOE del Convenio firmado entre la Autoridad Portuaria de Bilbao
y la Diputación Foral de Bizkaia y la Autoridad Portuaria de Bilbao al objeto de establecer
los criterios y el procedimiento operativo para la prevención y extinción de incendios y
otros siniestros dentro del ámbito portuario de coincidencia competencial.
Santurtzi, 13 de septiembre de 2021.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de
Bilbao, Ricardo Barkala Zumelzu.
ANEXO
Convenio entre la Diputación Foral de Bizkaia y la Autoridad Portuaria de Bilbao al
objeto de establecer los criterios y el procedimiento operativo para la prevención y
extinción de incendios y otros siniestros dentro del ámbito portuario de
coincidencia competencial
En Santurtzi, a 8 de septiembre de 2021.
Doña Elixabete Etxanobe Landajuela Diputada Foral del Departamento de Administración
Pública y Relaciones Institucionales de la Excma. Diputación Foral de Bizkaia, en virtud de su
nombramiento por Decreto Foral 27/2021, de 16 de marzo (publicado en el BOB de 17 de
marzo de 2021), y de las facultades que le otorga el Consejo de Gobierno de la Diputación
Foral de Bizkaia en Acuerdo de 15 de junio de 2021.
Don Ricardo Barkala Zumelzu, Presidente de la Autoridad Portuaria de Bilbao,
designado por Decreto 99/2018, de 3 de julio de 2018 (publicado en el BOPV de 6 de
julio de 2018 y en el BOE de 14 de julio de 2018), en virtud de las facultades que le
otorga el artículo 31.2 a) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, y estando facultado específicamente para este acto por acuerdo del Consejo
de Administración del citado Organismo de 17 de junio de 2021.
cve: BOE-A-2021-16004
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 120936
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
16004
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Autoridad Portuaria de Bilbao,
por la que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Bizkaia, para
establecer los criterios y el procedimiento operativo para la prevención y
extinción de incendios y otros siniestros dentro del ámbito portuario de
coincidencia competencial.
Con fecha 8 de septiembre de 2021 y previa tramitación del oportuno procedimiento,
según lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, se firmó el Convenio entre la Autoridad Portuaria
de Bilbao y la Diputación Foral de Bizkaia al objeto de establecer los criterios y el
procedimiento operativo para la prevención y extinción de incendios y otros siniestros
dentro del ámbito portuario de coincidencia competencial
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la citada Ley 40/2015, la eficacia
del Convenio se condiciona a su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO), y a su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», por lo que por medio de la presente se Acuerda:
La publicación en el BOE del Convenio firmado entre la Autoridad Portuaria de Bilbao
y la Diputación Foral de Bizkaia y la Autoridad Portuaria de Bilbao al objeto de establecer
los criterios y el procedimiento operativo para la prevención y extinción de incendios y
otros siniestros dentro del ámbito portuario de coincidencia competencial.
Santurtzi, 13 de septiembre de 2021.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de
Bilbao, Ricardo Barkala Zumelzu.
ANEXO
Convenio entre la Diputación Foral de Bizkaia y la Autoridad Portuaria de Bilbao al
objeto de establecer los criterios y el procedimiento operativo para la prevención y
extinción de incendios y otros siniestros dentro del ámbito portuario de
coincidencia competencial
En Santurtzi, a 8 de septiembre de 2021.
Doña Elixabete Etxanobe Landajuela Diputada Foral del Departamento de Administración
Pública y Relaciones Institucionales de la Excma. Diputación Foral de Bizkaia, en virtud de su
nombramiento por Decreto Foral 27/2021, de 16 de marzo (publicado en el BOB de 17 de
marzo de 2021), y de las facultades que le otorga el Consejo de Gobierno de la Diputación
Foral de Bizkaia en Acuerdo de 15 de junio de 2021.
Don Ricardo Barkala Zumelzu, Presidente de la Autoridad Portuaria de Bilbao,
designado por Decreto 99/2018, de 3 de julio de 2018 (publicado en el BOPV de 6 de
julio de 2018 y en el BOE de 14 de julio de 2018), en virtud de las facultades que le
otorga el artículo 31.2 a) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, y estando facultado específicamente para este acto por acuerdo del Consejo
de Administración del citado Organismo de 17 de junio de 2021.
cve: BOE-A-2021-16004
Verificable en https://www.boe.es
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