III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Subvenciones. (BOE-A-2021-16021)
Orden DSA/1045/2021, de 28 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades de protección animal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 121139
interesado antes de dictarse el acuerdo correspondiente y que será tramitado conforme a
lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Disposición adicional única.
Régimen jurídico.
Para todos aquellos extremos no previstos en la presente orden será aplicable la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento aprobado por
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y, supletoriamente, la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Disposición final primera.
Título competencial.
La presente orden se dicta al amparo de las competencias exclusivas que el artículo
149.1.16.ª y 23.ª de la Constitución Española atribuye al Estado en materia de bases y
coordinación general de la sanidad y de legislación básica sobre protección del medio
ambiente.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-16021
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 28 de septiembre de 2021.–La Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030,
Ione Belarra Urteaga.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 121139
interesado antes de dictarse el acuerdo correspondiente y que será tramitado conforme a
lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Disposición adicional única.
Régimen jurídico.
Para todos aquellos extremos no previstos en la presente orden será aplicable la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento aprobado por
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y, supletoriamente, la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Disposición final primera.
Título competencial.
La presente orden se dicta al amparo de las competencias exclusivas que el artículo
149.1.16.ª y 23.ª de la Constitución Española atribuye al Estado en materia de bases y
coordinación general de la sanidad y de legislación básica sobre protección del medio
ambiente.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-16021
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 28 de septiembre de 2021.–La Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030,
Ione Belarra Urteaga.
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