III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-15929)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Recuperación del desagüe de fondo y mejora de la capacidad del desagüe regulador de la presa del Tranco de Beas (Jaén)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 120460
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 21 de septiembre de 2021.–El Director General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Ismael Aznar Cano.
ANEXO I
Consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas,
y contestaciones
Consultados
Contestación
Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de
Andalucía.
Sí*
Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de la Junta de Andalucía.
Sí**
Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la
Junta de Andalucía.
Sí
Ayuntamiento de Hornos de Segura.
No
Ayuntamiento de Santiago-Pontones.
No
Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo.
No
Diputación Provincial de Jaén.
No
WWW Adena.
No
SEO/Birdlife.
No
Ecologistas en Acción.
No
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina de la Dirección General
de Biodiversidad y Calidad Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico.
No
Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico.
Sí
Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir.
Sí**
Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
Sí**
Greenpeace España.
No
cve: BOE-A-2021-15929
Verificable en https://www.boe.es
* Solo remite copia del informe de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos de la Junta de Andalucía
** Informes recibidos en respuesta al requerimiento al órgano sustantivo en virtud del artículo 40.1
Ley 21/2013.
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 120460
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 21 de septiembre de 2021.–El Director General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Ismael Aznar Cano.
ANEXO I
Consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas,
y contestaciones
Consultados
Contestación
Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de
Andalucía.
Sí*
Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de la Junta de Andalucía.
Sí**
Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la
Junta de Andalucía.
Sí
Ayuntamiento de Hornos de Segura.
No
Ayuntamiento de Santiago-Pontones.
No
Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo.
No
Diputación Provincial de Jaén.
No
WWW Adena.
No
SEO/Birdlife.
No
Ecologistas en Acción.
No
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina de la Dirección General
de Biodiversidad y Calidad Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico.
No
Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico.
Sí
Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir.
Sí**
Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
Sí**
Greenpeace España.
No
cve: BOE-A-2021-15929
Verificable en https://www.boe.es
* Solo remite copia del informe de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos de la Junta de Andalucía
** Informes recibidos en respuesta al requerimiento al órgano sustantivo en virtud del artículo 40.1
Ley 21/2013.