III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-15936)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, del Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para el desarrollo de un programa de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Jueves 30 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 120485

Octava. Derechos y deberes de los estudiantes.
Los estudiantes en formación/prácticas deberán:
a) Cumplir las normas de régimen interno del CENIEH y seguir las instrucciones
que reciban de sus responsables.
b) Adoptar una actitud activa en las tareas que se le encomienden, inherentes a su
línea de formación.
c) Cumplir las normas de prevención de riesgos laborales.
d) Mantener el deber de secreto y confidencialidad en materia de medios, procesos
o actuaciones o información interna que pudiera tener conocimiento por razón de las
prácticas durante su estancia e inclusive una vez finalizadas éstas.
e) En el caso de que esté previsto, entregar la memoria final al tutor académico en
el plazo previsto, a fin de poder superar las prácticas externas curriculares.
El alumnado tiene derecho a:
a) Desarrollar la actividad en que consistan las prácticas y en el horario estipulado.
b) Obtener un certificado final emitido por el CENIEH de las actividades realizadas,
del nivel de aprovechamiento alcanzado, duración y lugar del periodo de prácticas.
Novena.

Anexos para determinar cada práctica.

Para la incorporación de cualquier alumno a este Convenio es necesario el previo y
común acuerdo de las tres partes implicadas (CENIEH, alumno y la UGR materializado
con la firma del correspondiente Anexo de formalización de la práctica, que se
incorporará a este Convenio, y en el que se refleje las condiciones específicas de la
práctica a seguir por el alumno,
En cada anexo se detallará el nombre del alumno, el programa formativo (objetivos y
actividades), el tipo de práctica, el número de créditos fijados en el plan de estudio (si se
trata de prácticas curriculares), el proyecto formativo (objetivos y actividades) las fechas
de comienzo y finalización, el lugar, los tutores, el horario, y en su caso otras condiciones
específicas de dicha formación práctica. En dicho documento se detallarán los derechos
y deberes de los estudiantes y de los tutores. En dicho documento se recogerá asimismo
la aceptación por parte del alumno de las condiciones establecidas en este Convenio y
se detallarán los derechos y deberes de los estudiantes y de los tutores.
Con la finalidad de mantener actualizado en todo momento el registro de alumnos
participantes en el presente Convenio, el CENIEH comunicará por escrito a la UGR
cualquier incidencia o modificación en las fechas de inicio o cese, horario u otras
circunstancias que se produzca en cada práctica que se realice en relación con lo
acordado en su Anexo correspondiente.

Las actuaciones previstas en este Convenio no darán lugar a contraprestación
económica alguna entre las partes firmantes y no supondrán incremento del gasto
público. No podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros
gastos de personal.
En concreto, la realización de las mencionadas prácticas académicas, no supondrá,
en ningún caso, la percepción de emolumentos o indemnizaciones a cargo del
presupuesto del CENIEH pero sí se podrá determinar en concepto de bolsa o ayuda al
estudio, si así se considera oportuno, siempre que sea a cargo de recursos financieros
externos. Dicho importe, si lo hubiera, se recogerá en el Anexo de formalización de la
práctica junto con el nombre de la entidad que lo financia.
La UGR estará obligada a sufragar los seguros de accidentes y responsabilidad civil
correspondiente a los estudiantes.

cve: BOE-A-2021-15936
Verificable en https://www.boe.es

Décima. Financiación.