I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE-A-2021-15860)
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 119852
específicos y la adaptación de los procedimientos al ámbito de gestión. Por ello, las
respuestas se plantean en términos binarios.
– Respecto al segundo bloque, se configuran test sobre cada uno de los aspectos
que se consideran críticos. El objetivo es graduar, con la mayor sencillez posible, el nivel
de adecuación de la estructura orgánica y de los procedimientos disponibles a las
necesidades, induciendo una reflexión sobre los aspectos que, a priori, serían
determinantes para abordar con solvencia los requerimientos del PRTR.
El procedimiento de autoevaluación se cierra con la cuantificación del riesgo, a partir
de las respuestas a los cuestionarios que se plantean, sintetizando el análisis en un valor
único. El objetivo es alcanzar el nivel de «riesgo bajo».
En el supuesto de que no se alcance, la entidad objeto de análisis debe adoptar
medidas orientadas a mejorar los requerimientos que subyacen en las distintas
cuestiones que se plantean en los test.
Tomando en consideración que las actuaciones a desarrollar para la consecución de
los hitos y objetivos son susceptibles de revisión por la Autoridad de Control, la
Intervención General de la Administración del Estado, por el Tribunal de Cuentas, por los
Servicios de la Comisión Europea y por el Tribunal de Cuentas de la UE, se considera
imprescindible que la autoevaluación se lleve a cabo de forma recurrente, al menos una
vez al año, y que el resultado de la misma forme parte de la documentación que se
incorpora al sistema. En última instancia, constituye una referencia de acreditación de
buenas prácticas en la ejecución de los proyectos y subproyectos que desarrollan los
componentes del PRTR, por lo que a la entrada en vigor de la OM se realizará la primera
autoevaluación, adoptando en su caso las medidas necesarias para dotar de
operatividad el modelo de gestión.
ANEXO II.B.1
Test aspectos esenciales
Ámbito evaluación
Órgano/Entidad:
Evaluador:
Cargo:
Fecha:
Aspectos esenciales (el incumplimiento requiere corrección inmediata)
Sí
No
No procede
–
–
–
A. ¿Considera que tienen cubierta la función de control de gestión/auditoría interna?
B. ¿Aplica procedimientos para el seguimiento de hitos, objetivos y proyectos?
C. ¿En sus procesos de toma de decisiones, evalúa de forma sistemática los principios:
i. Impactos medioambientales no deseados (Do no significant harm, DNSH).
ii. Etiquetado digital y etiquetado verde.
iii. Conflicto de interés, fraude y corrupción.
Prevención doble financiación.
v. Régimen ayudas de Estado.
vi. Identificación de beneficiarios, contratistas y subcontratistas.
vii
Comunicación.
cve: BOE-A-2021-15860
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 119852
específicos y la adaptación de los procedimientos al ámbito de gestión. Por ello, las
respuestas se plantean en términos binarios.
– Respecto al segundo bloque, se configuran test sobre cada uno de los aspectos
que se consideran críticos. El objetivo es graduar, con la mayor sencillez posible, el nivel
de adecuación de la estructura orgánica y de los procedimientos disponibles a las
necesidades, induciendo una reflexión sobre los aspectos que, a priori, serían
determinantes para abordar con solvencia los requerimientos del PRTR.
El procedimiento de autoevaluación se cierra con la cuantificación del riesgo, a partir
de las respuestas a los cuestionarios que se plantean, sintetizando el análisis en un valor
único. El objetivo es alcanzar el nivel de «riesgo bajo».
En el supuesto de que no se alcance, la entidad objeto de análisis debe adoptar
medidas orientadas a mejorar los requerimientos que subyacen en las distintas
cuestiones que se plantean en los test.
Tomando en consideración que las actuaciones a desarrollar para la consecución de
los hitos y objetivos son susceptibles de revisión por la Autoridad de Control, la
Intervención General de la Administración del Estado, por el Tribunal de Cuentas, por los
Servicios de la Comisión Europea y por el Tribunal de Cuentas de la UE, se considera
imprescindible que la autoevaluación se lleve a cabo de forma recurrente, al menos una
vez al año, y que el resultado de la misma forme parte de la documentación que se
incorpora al sistema. En última instancia, constituye una referencia de acreditación de
buenas prácticas en la ejecución de los proyectos y subproyectos que desarrollan los
componentes del PRTR, por lo que a la entrada en vigor de la OM se realizará la primera
autoevaluación, adoptando en su caso las medidas necesarias para dotar de
operatividad el modelo de gestión.
ANEXO II.B.1
Test aspectos esenciales
Ámbito evaluación
Órgano/Entidad:
Evaluador:
Cargo:
Fecha:
Aspectos esenciales (el incumplimiento requiere corrección inmediata)
Sí
No
No procede
–
–
–
A. ¿Considera que tienen cubierta la función de control de gestión/auditoría interna?
B. ¿Aplica procedimientos para el seguimiento de hitos, objetivos y proyectos?
C. ¿En sus procesos de toma de decisiones, evalúa de forma sistemática los principios:
i. Impactos medioambientales no deseados (Do no significant harm, DNSH).
ii. Etiquetado digital y etiquetado verde.
iii. Conflicto de interés, fraude y corrupción.
Prevención doble financiación.
v. Régimen ayudas de Estado.
vi. Identificación de beneficiarios, contratistas y subcontratistas.
vii
Comunicación.
cve: BOE-A-2021-15860
Verificable en https://www.boe.es
iv