III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Convenios. (BOE-A-2021-15853)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, del Instituto de las Mujeres, por la que se publica la IV Adenda al Convenio con Nuevo Microbank, SAU, para realizar actuaciones de promoción y apoyo a las mujeres emprendedoras y empresarias enmarcadas en el desarrollo del programa de microcréditos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233

Miércoles 29 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 119796

EXPONEN
Primero.
Los comparecientes formalizaron un convenio publicado en el BOE el día 15 de julio
de 2020 para mejorar la financiación y promoción de las microempresas y el fomento del
empleo autónomo a través de microcréditos, como medio para favorecer la creación y
consolidación de empleo y facilitar soporte a los proyectos empresariales viables.
Segundo.
Con fecha 20 de octubre de 2020 (BOE de 10 de noviembre) se formalizó una
adenda al citado convenio en virtud de la cual se puso a disposición por parte de
MicroBank el producto denominado Microcrédito Negocios MicroBank FEI-COVID19
Convenio Entidades, cuya finalidad es atender necesidades de circulante derivadas
del COVID-19.
En la cláusula segunda de la citada Adenda, se estipulaba lo siguiente:
«En todo lo que no se ha modificado expresamente en virtud de la presente adenda,
el Convenio de fecha de publicación en el BOE 15 de julio de 2020, se mantiene en vigor
en todos sus conceptos con plenitud de fuerza hasta su vencimiento, entendiendo que la
presente Adenda, que será eficaz tras su publicación en el BOE, constituye una novación
modificativa y no extintiva del Convenio, formando parte integrante de este último hasta
el 31 de diciembre de 2020 o se agoten antes los fondos destinados a esta línea. En
dicha fecha cesarán sus efectos sin posibilidad de prórroga y sin perjuicio del debido
cumplimiento de las obligaciones contraídas durante la vigencia de la misma.»
Tercero.
Con fecha 31 de diciembre de 2020 se publicó en el BOE la Adenda de prórroga del
Convenio publicado en el BOE de 15 de julio de 2020, para realizar actuaciones de
promoción y apoyo a las mujeres emprendedoras y empresarias enmarcadas en el
desarrollo del programa de microcréditos publicado en el BOE de 15 de julio de 2020 por
un periodo de doce meses, ratificando en todos sus términos su objeto y todo su
contenido obligacional, y de acuerdo en lo expresado en todas sus cláusulas.
Cuarto.

«En todo lo que no se ha modificado expresamente en virtud de la presente adenda,
el Convenio de fecha de publicación en el BOE de 15 de julio de 2020, prorrogado en el
BOE de 31 de diciembre de 2020, se mantiene en vigor en todos sus conceptos con
plenitud de fuerza hasta su vencimiento, entendiendo que la presente Adenda será
eficaz una vez inscrita, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el
Registro Electrónico Estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público
estatal. Así mismo, será publicada en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización
en el BOE. La Adenda constituye una novación modificativa y no extintiva del Convenio,
formando parte integrante de este último hasta el 30-06-2021, o hasta que se agoten
antes los fondos destinados a esta línea. En dicha fecha cesarán sus efectos sin
posibilidad de prórroga y sin perjuicio del debido cumplimiento de las obligaciones
contraídas durante la vigencia de la misma.»

cve: BOE-A-2021-15853
Verificable en https://www.boe.es

Con fecha 2 de marzo de 2021 (BOE de 17 de marzo de 2021) se formalizó
una II Adenda al Convenio en virtud de la cual se habilitaba una nueva línea de
financiación, de hasta cuatro millones de euros, denominada Microcrédito Negocios
MicroBank FEI-COVID19 Convenio Entidades, cuya finalidad es atender
necesidades de circulante derivadas del COVID-19.
En la cláusula segunda de la citada Adenda, se estipulaba lo siguiente: