III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Premios. (BOE-A-2021-15852)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Secretaría General de Innovación, por la que se convoca la concesión de la distinción Ciudad de la Ciencia y la Innovación correspondiente al año 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233
Miércoles 29 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 119791
se pueden consultar en la web del órgano convocante https://www.ciencia.gob.es/siteweb/Innovar.
Sexto.
Comunicaciones electrónicas.
La comunicación de todas las actuaciones administrativas que se realicen en el
marco del procedimiento de concesión de las distinciones se realizará por medios
electrónicos de conformidad con lo establecido en el artículo 43 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Las notificaciones se realizarán mediante publicación en la sede electrónica del
Punto de Acceso General de la Administración General del Estado, a través del servicio
de Carpeta Ciudadana (https://sede.administracion.gob.es/carpeta), surtiendo los efectos
de notificación práctica. Las notificaciones electrónicas que se practiquen en el marco de
este procedimiento serán dirigidas al representante de corporación local que haya
firmado y registrado electrónicamente la solicitud.
No obstante lo anterior, la resolución de concesión de las distinciones será publicada
en la página web del Ministerio de Ciencia e Innovación, e igualmente se le dará difusión
mediante los medios que se estimen necesarios.
Séptimo.
Criterios de evaluación.
Los criterios y puntuaciones que determinarán la concesión de la distinción «Ciudad
de la Ciencia y la Innovación» para el año 2021, serán los siguientes:
1.
Se valorarán con un máximo de 60 puntos:
a) Bloque ciudadanía. Hasta 20 puntos. Iniciativas innovadoras de prestación de los
servicios públicos, mejoras ambientales, eficiencia energética en los servicios prestados.
Implantación de la Administración electrónica, libre acceso a la información. Innovación
adaptada a la ciudadanía, buenas prácticas en comunicación local, ejercicio de la
transparencia informativa, participación de los ciudadanos en la política municipal.
b) Bloque organización. Hasta 20 puntos. Acciones desarrolladas que promuevan la
cultura innovadora en las estructuras municipales; gobierno electrónico, libre acceso a la
información, desarrollo de modelos de liderazgo innovador, inclusión de líneas de acción
en innovación en los planes estratégicos y presupuestos municipales; acciones de
formación de la plantilla en innovación, creación de grupos de mejora en innovación y
redes virtuales y sociales, plataformas colaborativas.
c) Bloque empresa. Hasta 20 puntos. Apoyo al tejido empresarial y a los
emprendedores. Atendiendo en particular a la creación de puestos de trabajo
innovadores, creación de empresas innovadoras y capital privado invertido en iniciativas
innovadoras, e inclusión de la innovación empresarial en el plan estratégico de la
organización. Actuaciones para sistematizar la detección de oportunidades y amenazas
del entorno (vigilancia tecnológica, «benchmarking»). Identificación de empresas líderes
y agentes de innovación del territorio.
2. Se valorarán hasta un máximo de 20 puntos las actuaciones de fomento de la
Compra Pública Innovadora como herramienta tractora del I+D+i.
3. Se valorará hasta un máximo de 15 puntos el grado de elaboración y calidad de
la memoria, credibilidad de la candidatura (memoria, documentación, premios,
distinciones o menciones, así como apoyos recibidos a la candidatura por parte de otras
organizaciones, entidades públicas, empresas, etc.)
cve: BOE-A-2021-15852
Verificable en https://www.boe.es
Los proyectos de innovación vigentes y los nuevos proyectos que se plantean para
los próximos tres años (2022-2024). Como proyectos de innovación se consideran los
establecido en el artículo 7 de la Orden CIN/2502/2010, de 17 de septiembre, y
repartidos en los siguientes bloques:
Núm. 233
Miércoles 29 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 119791
se pueden consultar en la web del órgano convocante https://www.ciencia.gob.es/siteweb/Innovar.
Sexto.
Comunicaciones electrónicas.
La comunicación de todas las actuaciones administrativas que se realicen en el
marco del procedimiento de concesión de las distinciones se realizará por medios
electrónicos de conformidad con lo establecido en el artículo 43 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Las notificaciones se realizarán mediante publicación en la sede electrónica del
Punto de Acceso General de la Administración General del Estado, a través del servicio
de Carpeta Ciudadana (https://sede.administracion.gob.es/carpeta), surtiendo los efectos
de notificación práctica. Las notificaciones electrónicas que se practiquen en el marco de
este procedimiento serán dirigidas al representante de corporación local que haya
firmado y registrado electrónicamente la solicitud.
No obstante lo anterior, la resolución de concesión de las distinciones será publicada
en la página web del Ministerio de Ciencia e Innovación, e igualmente se le dará difusión
mediante los medios que se estimen necesarios.
Séptimo.
Criterios de evaluación.
Los criterios y puntuaciones que determinarán la concesión de la distinción «Ciudad
de la Ciencia y la Innovación» para el año 2021, serán los siguientes:
1.
Se valorarán con un máximo de 60 puntos:
a) Bloque ciudadanía. Hasta 20 puntos. Iniciativas innovadoras de prestación de los
servicios públicos, mejoras ambientales, eficiencia energética en los servicios prestados.
Implantación de la Administración electrónica, libre acceso a la información. Innovación
adaptada a la ciudadanía, buenas prácticas en comunicación local, ejercicio de la
transparencia informativa, participación de los ciudadanos en la política municipal.
b) Bloque organización. Hasta 20 puntos. Acciones desarrolladas que promuevan la
cultura innovadora en las estructuras municipales; gobierno electrónico, libre acceso a la
información, desarrollo de modelos de liderazgo innovador, inclusión de líneas de acción
en innovación en los planes estratégicos y presupuestos municipales; acciones de
formación de la plantilla en innovación, creación de grupos de mejora en innovación y
redes virtuales y sociales, plataformas colaborativas.
c) Bloque empresa. Hasta 20 puntos. Apoyo al tejido empresarial y a los
emprendedores. Atendiendo en particular a la creación de puestos de trabajo
innovadores, creación de empresas innovadoras y capital privado invertido en iniciativas
innovadoras, e inclusión de la innovación empresarial en el plan estratégico de la
organización. Actuaciones para sistematizar la detección de oportunidades y amenazas
del entorno (vigilancia tecnológica, «benchmarking»). Identificación de empresas líderes
y agentes de innovación del territorio.
2. Se valorarán hasta un máximo de 20 puntos las actuaciones de fomento de la
Compra Pública Innovadora como herramienta tractora del I+D+i.
3. Se valorará hasta un máximo de 15 puntos el grado de elaboración y calidad de
la memoria, credibilidad de la candidatura (memoria, documentación, premios,
distinciones o menciones, así como apoyos recibidos a la candidatura por parte de otras
organizaciones, entidades públicas, empresas, etc.)
cve: BOE-A-2021-15852
Verificable en https://www.boe.es
Los proyectos de innovación vigentes y los nuevos proyectos que se plantean para
los próximos tres años (2022-2024). Como proyectos de innovación se consideran los
establecido en el artículo 7 de la Orden CIN/2502/2010, de 17 de septiembre, y
repartidos en los siguientes bloques: