I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Sistema Nacional de Empleo. (BOE-A-2021-15771)
Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233
Miércoles 29 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 119390
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
15771
Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los
programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de
Empleo.
I
El presente real decreto regula de modo integral y sistematizado los programas
comunes de activación para el empleo, estableciendo los contenidos esenciales que
deben formar parte de los mismos. Este real decreto limita su regulación a los programas
comunes del conjunto del Sistema Nacional de Empleo.
Desde un punto de vista formal esta norma es fundamentalmente un texto de
sustitución e integración de los textos normativos enumerados en su disposición
derogatoria única, a los que otorga un tratamiento conjunto para dar lugar a un texto
unitario y global. Con esta tarea de sistematización se incrementa la seguridad jurídica y
la transparencia en la aplicación de una normativa particularmente compleja, como es la
normativa de programas comunes de activación para el empleo. De este modo se
asegura un adecuado conocimiento de sus presupuestos, no solo para las entidades
encargadas de su aplicación, sino también para las personas beneficiarias y para los
posibles sujetos que pueden intervenir en el desarrollo y aplicación de los programas
comunes.
Desde un punto de vista material, es el último escalón de una serie de principios que
configuran nuestro actual sistema de activación para el empleo y que se encuentran
formulados fundamentalmente en el texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre. Este real decreto es una norma de
efectividad y cercanía, destinada a consolidar estos principios en el momento de su
ejecución y desarrollo. Desde la perspectiva de la aplicación sirve para reforzar los
elementos clave de las políticas de empleo y también es punto de referencia para la
consolidación de un sistema de activación del empleo con presupuestos renovados.
Desde una perspectiva orgánica, el presente texto es una norma de colaboración y
coordinación con las comunidades autónomas. Su propia redacción ha sido fruto del
acuerdo con todas las comunidades autónomas, y de hecho muchas de las iniciativas
adoptadas por los servicios de empleo autonómicos han sido incorporadas al presente
texto como manifestación de buenas prácticas que merecen ser generalizadas en su
aplicación. Además, la finalidad primordial de esta norma es ser una herramienta de
cooperación y trabajo conjunto con las comunidades autónomas, para que la aplicación
de las políticas activas de empleo en el ámbito de las competencias que a cada sujeto
público corresponde, se desarrolle con la coordinación más operativa, y con la máxima
eficiencia.
Desde la perspectiva formal, el presente real decreto compila, integra y actualiza la
normativa, hasta ahora dispersa, sobre programas comunes de políticas activas de
empleo. Se ha operado de este modo la misma dinámica que se produjo cuando la
Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo unificó el tratamiento
normativo de los servicios de empleo. Efectivamente, de acuerdo con el texto refundido
de la Ley de Empleo, las políticas activas de empleo pueden adoptar la forma de
servicios o de programas. Los primeros han sido definidos y regulados a través del Real
Decreto 7/2015, de 16 de enero, por el que se aprueba la Cartera Común de Servicios
cve: BOE-A-2021-15771
Verificable en https://www.boe.es
II
Núm. 233
Miércoles 29 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 119390
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
15771
Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los
programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de
Empleo.
I
El presente real decreto regula de modo integral y sistematizado los programas
comunes de activación para el empleo, estableciendo los contenidos esenciales que
deben formar parte de los mismos. Este real decreto limita su regulación a los programas
comunes del conjunto del Sistema Nacional de Empleo.
Desde un punto de vista formal esta norma es fundamentalmente un texto de
sustitución e integración de los textos normativos enumerados en su disposición
derogatoria única, a los que otorga un tratamiento conjunto para dar lugar a un texto
unitario y global. Con esta tarea de sistematización se incrementa la seguridad jurídica y
la transparencia en la aplicación de una normativa particularmente compleja, como es la
normativa de programas comunes de activación para el empleo. De este modo se
asegura un adecuado conocimiento de sus presupuestos, no solo para las entidades
encargadas de su aplicación, sino también para las personas beneficiarias y para los
posibles sujetos que pueden intervenir en el desarrollo y aplicación de los programas
comunes.
Desde un punto de vista material, es el último escalón de una serie de principios que
configuran nuestro actual sistema de activación para el empleo y que se encuentran
formulados fundamentalmente en el texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre. Este real decreto es una norma de
efectividad y cercanía, destinada a consolidar estos principios en el momento de su
ejecución y desarrollo. Desde la perspectiva de la aplicación sirve para reforzar los
elementos clave de las políticas de empleo y también es punto de referencia para la
consolidación de un sistema de activación del empleo con presupuestos renovados.
Desde una perspectiva orgánica, el presente texto es una norma de colaboración y
coordinación con las comunidades autónomas. Su propia redacción ha sido fruto del
acuerdo con todas las comunidades autónomas, y de hecho muchas de las iniciativas
adoptadas por los servicios de empleo autonómicos han sido incorporadas al presente
texto como manifestación de buenas prácticas que merecen ser generalizadas en su
aplicación. Además, la finalidad primordial de esta norma es ser una herramienta de
cooperación y trabajo conjunto con las comunidades autónomas, para que la aplicación
de las políticas activas de empleo en el ámbito de las competencias que a cada sujeto
público corresponde, se desarrolle con la coordinación más operativa, y con la máxima
eficiencia.
Desde la perspectiva formal, el presente real decreto compila, integra y actualiza la
normativa, hasta ahora dispersa, sobre programas comunes de políticas activas de
empleo. Se ha operado de este modo la misma dinámica que se produjo cuando la
Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo unificó el tratamiento
normativo de los servicios de empleo. Efectivamente, de acuerdo con el texto refundido
de la Ley de Empleo, las políticas activas de empleo pueden adoptar la forma de
servicios o de programas. Los primeros han sido definidos y regulados a través del Real
Decreto 7/2015, de 16 de enero, por el que se aprueba la Cartera Común de Servicios
cve: BOE-A-2021-15771
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