I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Salario mínimo interprofesional. (BOE-A-2021-15770)
Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233

Miércoles 29 de septiembre de 2021

Disposición final tercera.

Sec. I. Pág. 119389

Entrada en vigor y periodo de vigencia.

Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» y surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de
septiembre y el 31 de diciembre de 2021, procediendo, en consecuencia, el abono del
salario mínimo en el mismo establecido con efectos del 1 de septiembre de 2021.
Dado en Madrid, el 28 de septiembre de 2021.
FELIPE R.
La Vicepresidenta Segunda del Gobierno
y Ministra de Trabajo y Economía Social,

cve: BOE-A-2021-15770
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YOLANDA DÍAZ PÉREZ

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X