I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sistema gasista. (BOE-A-2021-15777)
Orden TED/1023/2021, de 27 de septiembre, por la que se establecen los cargos del sistema gasista y la retribución y los cánones de los almacenamientos subterráneos básicos para el año de gas 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233

Miércoles 29 de septiembre de 2021

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Orden TED/1023/2021, de 27 de septiembre, por la que se establecen los
cargos del sistema gasista y la retribución y los cánones de los
almacenamientos subterráneos básicos para el año de gas 2022.

El Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, de medidas urgentes para adecuar las
competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a las
exigencias derivadas del derecho comunitario en relación a las Directivas 2009/72/CE
y 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre
normas comunes para el mercado interior de la electricidad y del gas natural, modificó el
artículo 92 de la Ley 34/1998, de octubre, del sector de hidrocarburos, introduciendo el
concepto de cargo del sistema gasista destinado a cubrir costes regulados que no están
asociados al uso de las instalaciones. El mismo artículo establece que el Gobierno,
previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, establecerá
la metodología y estructura de dichos cargos, mientras que la persona titular del
Ministerio para la Transición Ecológica, referencia que en la actualidad se debe entender
dirigida a la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos
Económicos, aprobará los valores concretos de los cargos.
Conforme lo anterior, el Gobierno aprobó el Real Decreto 1184/2020, de 29 de
diciembre, por el que se establecen las metodologías de cálculo de los cargos del
sistema gasista, de las retribuciones reguladas de los almacenamientos subterráneos
básicos y de los cánones aplicados por su uso.
El artículo 63.2 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas
urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, en su redacción dada por
el Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, determinó que corresponde al Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, previo informe de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia, la aprobación de la retribución anual de las
empresas titulares de almacenamientos subterráneos básicos de gas natural. Asimismo,
el artículo 92.1 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, en la redacción dada por el Real
Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, otorga al titular del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno
para Asuntos Económicos, la competencia para aprobar los precios de los cánones de
acceso a los almacenamientos subterráneos básicos. La metodología para fijar la
retribución de los almacenamientos subterráneos y los cánones por su uso está recogida
en el citado Real Decreto 1184/2020, de 29 de diciembre.
Conforme al régimen establecido en la disposición transitoria vigésima de la
Ley 34/1998, de 7 de octubre, en la disposición adicional primera se publica la fórmula
de la retribución al suministro a tarifa que se encontraba publicada en el anexo II de la
Orden ECO/2692/2002, de 28 de octubre, por la que se regulan los procedimientos de
liquidación de la retribución de las actividades reguladas del sector gas natural y de las
cuotas con destinos específicos y se establece el sistema de información que deben
presentar las empresas, que se deroga el 1 de octubre de 2021, asimismo se publica
una nueva fórmula para el cálculo del extracoste reconocido a las distribuidoras que
suministran en territorios insulares no conectados a la red de gasoductos donde se
sustituye el precio de cesión por el coste de la materia prima de la tarifa de último
recurso. En la disposición adicional segunda se publican los valores concretos de la
retribución por suministro y en concepto de extracoste del año de gas 2022

cve: BOE-A-2021-15777
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