III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Documentación administrativa. (BOE-A-2021-15747)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se aprueban los calendarios de conservación de dos series comunes de gestión económica y de gestión de recursos humanos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232

Martes 28 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 119076

se deberá hacer llegar a la Comisión Superior Calificadora de Documentos
Administrativos, en el plazo de diez días desde las actuaciones.
Quinto.
No podrá eliminarse la documentación que forme parte de expedientes objeto de
recurso administrativo o judicial que estén pendientes de resolución o sentencia.
Sexto.
El proceso de destrucción garantizará la seguridad de la documentación mediante la
oportuna protección contra intromisiones externas. El método empleado será el
adecuado para imposibilitar la reconstrucción de la documentación y la recuperación de
cualquier información contenida en ellos.
Séptimo.
Conforme a lo previsto en el artículo 39.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el
artículo 6.2 b) del Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, la eficacia de esta
resolución queda demorada hasta transcurridos tres meses desde su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», y condicionada a que en dicho plazo no haya constancia de
la interposición de recurso de cualquier naturaleza contra la misma. En caso de que la
resolución fuese impugnada no podrá procederse a la destrucción o transferencia de
documentos de acuerdo a los calendarios de conservación recogidos en su anexo, hasta
que la misma adquiera firmeza.
Octavo.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Ministra de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un
mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Noveno.
Conforme a lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 1164/2002, de 8 de
noviembre, la presente resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-15747
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 17 de septiembre de 2021.–El Subsecretario de Industria, Comercio y
Turismo, Pablo Garde Lobo.