III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2021-15755)
Orden TED/1016/2021, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para apoyo a programas y proyectos de investigación en materia de gestión de la biodiversidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232
Martes 28 de septiembre de 2021
b)
Sec. III. Pág. 119227
Biodiversidad marina y espacios marinos protegidos:
1.º Mejora del conocimiento para la propuesta y designación de nuevos espacios
protegidos marinos o para la ampliación de los existentes.
2.º Mejora del conocimiento para la designación potencial de áreas con protección
estricta.
3.º Fomento de la investigación y la innovación para la gestión de espacios
protegidos marinos basada en la ciencia.
4.º Mejora del conocimiento para el desarrollo de estrategias de conservación de
especies y hábitats marinos.
c)
Corredores biológicos e infraestructura verde:
1.º Mejora del conocimiento sobre los elementos, y sus interrelaciones,
susceptibles de formar parte de la infraestructura verde, conforme a la Guía
metodológica para la identificación de la infraestructura verde de España.
2.º Fomento de soluciones basadas en la naturaleza beneficiosas para la
biodiversidad y del desarrollo de tecnologías en el contexto de la infraestructura verde.
3.º Promoción de la investigación y mejora del conocimiento sobre restauración
ecológica y su relación con la conservación de la biodiversidad en el contexto de cambio
global y provisión de servicios de los ecosistemas.
4.º Promoción de la investigación y mejora del conocimiento sobre conectividad
ecológica y su relación con la conservación de la biodiversidad, así como sobre
corredores ecológicos que preserven la biodiversidad y favorezcan la migración,
dispersión e interrelación de poblaciones de flora y fauna silvestres.
5.º Desarrollo de cartografías multicapa y multicriterio de infraestructura verde, que
ayuden a la valoración de impactos y generación de alternativas para los proyectos de
transformación del paisaje o de los bienes y servicios ecosistémicos.
Dotación de la convocatoria, cofinanciación y plazo de ejecución.
1. La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 2.500.000,00 €.
2. El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de
hasta 400.000,00 €.
3. El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 95% del total del
presupuesto del proyecto presentado.
4. El proyecto deberá dar comienzo a partir de la resolución de la convocatoria y no
podrá finalizar más tarde del 31 de diciembre de 2025, prórrogas incluidas.
5. Como máximo, se admitirá para su evaluación una propuesta por entidad
solicitante (que actúe como representante) y por línea prioritaria de investigación. Se
atenderá, a efectos de solicitante, a un NIF único por entidad. En esa propuesta por
entidad y línea prioritaria de investigación no contarán las propuestas en las que esa
entidad forme parte de una agrupación sin que sea representante de la misma. En caso
de que una entidad presente más de una solicitud a la misma línea prioritaria, se
atenderá únicamente a la primera solicitud presentada.
6. Se exceptúan de esta limitación los Centros Nacionales del CSIC, que podrán
presentar una propuesta cada uno, atendiendo al Real Decreto 202/2021, de 30 de
marzo, por el que se reorganizan determinados organismos públicos de investigación de
la Administración General del Estado y se modifica el Real Decreto 1730/2007, de 21 de
diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones
Científicas y se aprueba su Estatuto, y el Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
7. Esta convocatoria se desarrollará en el marco del PRTR, y de acuerdo con los
fondos a asignar en el presupuesto de gastos de la FB para 2021, es objeto de
financiación mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de
Recuperación (Next Generation EU). La concesión de las subvenciones queda
cve: BOE-A-2021-15755
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 28.
Núm. 232
Martes 28 de septiembre de 2021
b)
Sec. III. Pág. 119227
Biodiversidad marina y espacios marinos protegidos:
1.º Mejora del conocimiento para la propuesta y designación de nuevos espacios
protegidos marinos o para la ampliación de los existentes.
2.º Mejora del conocimiento para la designación potencial de áreas con protección
estricta.
3.º Fomento de la investigación y la innovación para la gestión de espacios
protegidos marinos basada en la ciencia.
4.º Mejora del conocimiento para el desarrollo de estrategias de conservación de
especies y hábitats marinos.
c)
Corredores biológicos e infraestructura verde:
1.º Mejora del conocimiento sobre los elementos, y sus interrelaciones,
susceptibles de formar parte de la infraestructura verde, conforme a la Guía
metodológica para la identificación de la infraestructura verde de España.
2.º Fomento de soluciones basadas en la naturaleza beneficiosas para la
biodiversidad y del desarrollo de tecnologías en el contexto de la infraestructura verde.
3.º Promoción de la investigación y mejora del conocimiento sobre restauración
ecológica y su relación con la conservación de la biodiversidad en el contexto de cambio
global y provisión de servicios de los ecosistemas.
4.º Promoción de la investigación y mejora del conocimiento sobre conectividad
ecológica y su relación con la conservación de la biodiversidad, así como sobre
corredores ecológicos que preserven la biodiversidad y favorezcan la migración,
dispersión e interrelación de poblaciones de flora y fauna silvestres.
5.º Desarrollo de cartografías multicapa y multicriterio de infraestructura verde, que
ayuden a la valoración de impactos y generación de alternativas para los proyectos de
transformación del paisaje o de los bienes y servicios ecosistémicos.
Dotación de la convocatoria, cofinanciación y plazo de ejecución.
1. La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 2.500.000,00 €.
2. El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de
hasta 400.000,00 €.
3. El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 95% del total del
presupuesto del proyecto presentado.
4. El proyecto deberá dar comienzo a partir de la resolución de la convocatoria y no
podrá finalizar más tarde del 31 de diciembre de 2025, prórrogas incluidas.
5. Como máximo, se admitirá para su evaluación una propuesta por entidad
solicitante (que actúe como representante) y por línea prioritaria de investigación. Se
atenderá, a efectos de solicitante, a un NIF único por entidad. En esa propuesta por
entidad y línea prioritaria de investigación no contarán las propuestas en las que esa
entidad forme parte de una agrupación sin que sea representante de la misma. En caso
de que una entidad presente más de una solicitud a la misma línea prioritaria, se
atenderá únicamente a la primera solicitud presentada.
6. Se exceptúan de esta limitación los Centros Nacionales del CSIC, que podrán
presentar una propuesta cada uno, atendiendo al Real Decreto 202/2021, de 30 de
marzo, por el que se reorganizan determinados organismos públicos de investigación de
la Administración General del Estado y se modifica el Real Decreto 1730/2007, de 21 de
diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones
Científicas y se aprueba su Estatuto, y el Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
7. Esta convocatoria se desarrollará en el marco del PRTR, y de acuerdo con los
fondos a asignar en el presupuesto de gastos de la FB para 2021, es objeto de
financiación mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de
Recuperación (Next Generation EU). La concesión de las subvenciones queda
cve: BOE-A-2021-15755
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 28.