III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-15643)
Resolución de 18 de mayo de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los expedientes de reconocimientos extrajudiciales de crédito aprobados por las entidades locales en el ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 27 de septiembre de 2021

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situación ha derivado en que, desde la pérdida de vigencia del contrato anterior hasta la fecha de
realización de estos trabajos −30 de abril de 2020– se hayan facturado al menos 28 mensualidades
sin contrato de 682.742,29 euros, por un importe agregado de 19.116.784,12 euros.
El órgano de Intervención ha realizado un informe sobre los expedientes de reconocimiento
extrajudicial de crédito tramitados en 2019, cuya conclusión fundamental es su vinculación con el
retraso en la tramitación de los expedientes de contratación.
Registro en contabilidad de las operaciones y procedimiento de facturación
El Ayuntamiento de Santander tiene la consideración de municipio de gran población, en aplicación
del apartado b) del artículo 121.1 de la LRBRL, por lo que es obligatoria la separación de las
funciones de contabilidad y de fiscalización de la gestión económico-financiera.
En el departamento de contabilidad prestan sus servicios siete personas, que tienen encomendada
la contabilización de todas las fases de gasto, con excepción del pago material que lo efectúa y
contabiliza Tesorería.
La entidad cuenta además con un registro electrónico de facturas vinculado con el sistema contable
−se encuentra adherida al sistema FACe−.
El registro de las facturas exceptuadas de la obligación de facturación electrónica por ser de importe
inferior a 5.000 euros se realiza a través del registro administrativo.
Dependiendo del tipo de prestación, los documentos se trasladan al servicio de compras
(suministros) o al de contratación (obras y servicios) para su conformidad, tras lo cual, Intervención
realiza una relación que eleva a Contabilidad para su reconocimiento.
El Ayuntamiento de Santander tiene reguladas, desde el 26 de noviembre de 2018, determinadas
operaciones de cierre de ejercicio, de forma que no se pueden realizar retenciones de crédito ni
propuestas para la expedición de “vales” a partir del 3 de diciembre del año correspondiente.
Además, la fecha límite para el envío de las facturas conformadas por los gestores a Intervención
es el 15 de enero, a efectos de su imputación en el presupuesto del ejercicio anterior, antes de
proceder a su cierre y liquidación.
En todos los informes emitidos por el órgano de Intervención en el ejercicio 2018 en cumplimiento
del artículo cuarto de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de
diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones
comerciales, se ha advertido al Pleno del incumplimiento del período legal de pago.
Del examen realizado se aprecia que la incidencia más significativa que ha influido en la utilización
de expedientes de reconocimiento extrajudicial de crédito ha sido la realización de prestaciones de
servicios y suministros continuadas en el tiempo sin la adecuada cobertura contractual, tanto por el
lapso de tiempo entre la finalización de un contrato y el inicio del expediente del siguiente, como por
la utilización de la contratación menor en casos en los que es procedente la licitación de un contrato.

Toledo aprobó en 2018 42 expedientes de reconocimiento extrajudicial de crédito por un importe
conjunto de 3.020.263,61 euros. Liquidó su presupuesto de gastos de ese ejercicio con
86.807.396,04 euros de obligaciones reconocidas netas en 2018, por lo que el 3,48 % de las mismas
se tramitó a través de un REC.
Han formado parte de la muestra dos de estos expedientes, con un importe agregado de
1.139.924,90 euros.

cve: BOE-A-2021-15643
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II.2.7. Toledo