III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-15644)
Resolución de 18 de mayo de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno en las entidades locales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 117905
Se observa que la totalidad de los ayuntamientos de más de 500.000 habitantes y de los cabildos
y consejos insulares y una mayoría de las diputaciones (el 93 %) y de los ayuntamientos de entre
50.000 y 500.000 habitantes (el 83 %) informaban adecuadamente sobre sus funciones
principales. En cambio, los peores resultados se obtienen en los municipios de hasta 1.000
habitantes (10 %) y entidades locales de menor dimensión, como las EATIM (3 %), agrupaciones
de municipios (13 %) y mancomunidades (22 %).
Respecto a la información publicada sobre los catálogos de servicios, que resultan de especial
utilidad para conocer el alcance y condiciones de las prestaciones efectuadas por las entidades
locales, el grado de disponibilidad era muy elevado en las entidades de mayor dimensión. Entre
las entidades supramunicipales, no se recoge dicha información de forma transparente en la
Diputación Foral de Gipuzkoa2.
En el caso de los catálogos de trámites administrativos, se encuentran publicados en la totalidad
de las diputaciones, cabildos y consejos insulares, áreas metropolitanas y en los ayuntamientos
de más de 50.000 habitantes, excepto en el de Cádiz, que indicaba no disponer temporalmente de
sede electrónica, como ya se ha indicado. Los peores resultados se han obtenido en las
mancomunidades de municipios (con un 27 % de entidades que los publicaban), agrupaciones de
municipios (13 %) y EATIM (4 %).
Con carácter general para los tres aspectos señalados, destacan negativamente las EATIM y las
mancomunidades y agrupaciones de municipios, con un número muy reducido de entidades que
publicaban dicha información. A este respecto, se observa que las entidades locales de menor
dimensión presentan limitaciones de recursos y dificultades para cumplir con las obligaciones de
transparencia que establece la LTAIBG.
En el ámbito de las entidades dependientes se ha analizado la publicación de información relativa
a las funciones desempeñadas, que no se encontraba disponible en un 50 % de las mismas, y del
catálogo de servicios, al que no se hacía referencia por parte del 52 % de las entidades
analizadas.
B) NORMATIVA DE APLICACIÓN
Otro de los aspectos de los que deben informar las entidades locales es el relativo a la normativa
que les sea de aplicación, conforme al artículo 6.1 de la LTAIBG.
A este respecto, se ha verificado que en las entidades analizadas se publicaba la normativa que
fuera aplicable, tanto estatal, como autonómica o foral y local, ya sea mediante la inserción de las
normas actualizadas o bien mediante enlaces a los boletines oficiales correspondientes. En
algunos casos, se ha observado la publicación de la normativa estatal mediante un enlace al
Código de Régimen Local editado por el Boletín Oficial del Estado, lo que se considera una buena
práctica en la medida que se garantiza su libre accesibilidad de manera gratuita y su permanente
actualización.
Por lo que se refiere a la normativa específica de la respectiva entidad local, se ha verificado la
publicación de las ordenanzas, ordenanzas fiscales, reglamentos y demás disposiciones
emanadas de los principales órganos de gobierno de la entidad.
En el siguiente cuadro se recoge la información, por tipos de entidad, de la normativa estatal,
autonómica y local publicada, aplicable a cada una de las entidades analizadas.
2 En relación con las alegaciones formuladas por la Diputación Foral de Gipuzkoa, las menciones contenidas en las
mismas se refieren al catálogo de trámites on line y no al catálogo del conjunto de servicios prestados por la
Corporación.
cve: BOE-A-2021-15644
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 117905
Se observa que la totalidad de los ayuntamientos de más de 500.000 habitantes y de los cabildos
y consejos insulares y una mayoría de las diputaciones (el 93 %) y de los ayuntamientos de entre
50.000 y 500.000 habitantes (el 83 %) informaban adecuadamente sobre sus funciones
principales. En cambio, los peores resultados se obtienen en los municipios de hasta 1.000
habitantes (10 %) y entidades locales de menor dimensión, como las EATIM (3 %), agrupaciones
de municipios (13 %) y mancomunidades (22 %).
Respecto a la información publicada sobre los catálogos de servicios, que resultan de especial
utilidad para conocer el alcance y condiciones de las prestaciones efectuadas por las entidades
locales, el grado de disponibilidad era muy elevado en las entidades de mayor dimensión. Entre
las entidades supramunicipales, no se recoge dicha información de forma transparente en la
Diputación Foral de Gipuzkoa2.
En el caso de los catálogos de trámites administrativos, se encuentran publicados en la totalidad
de las diputaciones, cabildos y consejos insulares, áreas metropolitanas y en los ayuntamientos
de más de 50.000 habitantes, excepto en el de Cádiz, que indicaba no disponer temporalmente de
sede electrónica, como ya se ha indicado. Los peores resultados se han obtenido en las
mancomunidades de municipios (con un 27 % de entidades que los publicaban), agrupaciones de
municipios (13 %) y EATIM (4 %).
Con carácter general para los tres aspectos señalados, destacan negativamente las EATIM y las
mancomunidades y agrupaciones de municipios, con un número muy reducido de entidades que
publicaban dicha información. A este respecto, se observa que las entidades locales de menor
dimensión presentan limitaciones de recursos y dificultades para cumplir con las obligaciones de
transparencia que establece la LTAIBG.
En el ámbito de las entidades dependientes se ha analizado la publicación de información relativa
a las funciones desempeñadas, que no se encontraba disponible en un 50 % de las mismas, y del
catálogo de servicios, al que no se hacía referencia por parte del 52 % de las entidades
analizadas.
B) NORMATIVA DE APLICACIÓN
Otro de los aspectos de los que deben informar las entidades locales es el relativo a la normativa
que les sea de aplicación, conforme al artículo 6.1 de la LTAIBG.
A este respecto, se ha verificado que en las entidades analizadas se publicaba la normativa que
fuera aplicable, tanto estatal, como autonómica o foral y local, ya sea mediante la inserción de las
normas actualizadas o bien mediante enlaces a los boletines oficiales correspondientes. En
algunos casos, se ha observado la publicación de la normativa estatal mediante un enlace al
Código de Régimen Local editado por el Boletín Oficial del Estado, lo que se considera una buena
práctica en la medida que se garantiza su libre accesibilidad de manera gratuita y su permanente
actualización.
Por lo que se refiere a la normativa específica de la respectiva entidad local, se ha verificado la
publicación de las ordenanzas, ordenanzas fiscales, reglamentos y demás disposiciones
emanadas de los principales órganos de gobierno de la entidad.
En el siguiente cuadro se recoge la información, por tipos de entidad, de la normativa estatal,
autonómica y local publicada, aplicable a cada una de las entidades analizadas.
2 En relación con las alegaciones formuladas por la Diputación Foral de Gipuzkoa, las menciones contenidas en las
mismas se refieren al catálogo de trámites on line y no al catálogo del conjunto de servicios prestados por la
Corporación.
cve: BOE-A-2021-15644
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231