III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-15642)
Resolución de 18 de mayo de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los contratos de servicios de limpieza y de vigilancia y seguridad privada celebrado por las entidades locales de las comunidades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicios 2018 y 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
IV.
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 117769
RECOMENDACIONES
1. Las entidades locales deberían establecer los mecanismos de planificación y gestión de su
actividad contractual que permitan concluir la tramitación y adjudicación de sus contratos con la
debida antelación, evitando situaciones de contratación irregular como las descritas en el
presente Informe.
2. Las entidades locales deberían dotarse de los procedimientos adecuados para cuantificar el
presupuesto de licitación y el valor estimado de los contratos y su adecuación al precio general
de mercado a partir de una correcta estimación de los costes directos e indirectos.
3. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados para la valoración de los criterios
de adjudicación dependientes de un juicio de valor que salvaguarden los principios de
publicidad, transparencia y objetividad, informadores de la contratación pública.
4. En la valoración del criterio precio, las entidades locales deberían considerar la utilización de
fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad en cuanto a las diferencias existentes
entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas que no
representan una baja respecto del presupuesto base de licitación.
5. Dentro de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus
medios técnicos y personales, a fin de estar en condiciones de atender a las exigencias
crecientes que el derecho de la contratación administrativa impone a los poderes adjudicadores.
Desde este punto de vista, resulta prioritario proporcionar al personal encargado de la
contratación las herramientas de formación necesarias que refuercen la profesionalización de la
gestión contractual.
Madrid, 22 de diciembre de 2020
LA PRESIDENTA
cve: BOE-A-2021-15642
Verificable en https://www.boe.es
María José de la Fuente y de la Calle
Núm. 231
IV.
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 117769
RECOMENDACIONES
1. Las entidades locales deberían establecer los mecanismos de planificación y gestión de su
actividad contractual que permitan concluir la tramitación y adjudicación de sus contratos con la
debida antelación, evitando situaciones de contratación irregular como las descritas en el
presente Informe.
2. Las entidades locales deberían dotarse de los procedimientos adecuados para cuantificar el
presupuesto de licitación y el valor estimado de los contratos y su adecuación al precio general
de mercado a partir de una correcta estimación de los costes directos e indirectos.
3. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados para la valoración de los criterios
de adjudicación dependientes de un juicio de valor que salvaguarden los principios de
publicidad, transparencia y objetividad, informadores de la contratación pública.
4. En la valoración del criterio precio, las entidades locales deberían considerar la utilización de
fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad en cuanto a las diferencias existentes
entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas que no
representan una baja respecto del presupuesto base de licitación.
5. Dentro de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus
medios técnicos y personales, a fin de estar en condiciones de atender a las exigencias
crecientes que el derecho de la contratación administrativa impone a los poderes adjudicadores.
Desde este punto de vista, resulta prioritario proporcionar al personal encargado de la
contratación las herramientas de formación necesarias que refuercen la profesionalización de la
gestión contractual.
Madrid, 22 de diciembre de 2020
LA PRESIDENTA
cve: BOE-A-2021-15642
Verificable en https://www.boe.es
María José de la Fuente y de la Calle