III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-15645)
Resolución de 18 de mayo de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por las entidades locales en el marco del plan extraordinario y urgente por el empleo de Castilla-La Mancha, ejercicios 2015 a 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118054
Castilla-La Mancha del exceso de financiación, tuvo un impacto muy importante en la
financiación de los proyectos de las entidades beneficiarias de su provincia y en su
participación, de forma que supuso el incremento de la financiación soportada por las
entidades seleccionadas hasta niveles del 62 % del coste total de los proyectos y
disminuyeron en un 25 % los contratos de trabajo celebrados respecto a los inicialmente
previstos.
III.3.2 PLAN DE EMPLEO COMPLEMENTARIO DE LA DIPUTACIÓN DE CIUDAD REAL
37) La Diputación de Ciudad Real aprobó un Plan de Empleo complementario al Plan de
Empleo de la Comunidad Autónoma de Castilla La-Mancha que permitió la ejecución de
proyectos independientes de los del Plan de Empleo y sobre todo la financiación de la
mayor parte de los costes que debían soportar las entidades locales de su provincia; las
cotizaciones a la Seguridad Social y los de los materiales necesarios para la ejecución de
los proyectos. Este Plan de Empleo de la Diputación de Ciudad Real dio lugar a importantes
reducciones en los costes soportados por las entidades locales de la provincia que de un 35
% del coste total de los proyectos, disminuyó hasta un 15 %.
IV. RECOMENDACIONES
A continuación se exponen las recomendaciones que se considera conveniente formular dirigidas a
las entidades beneficiarias de futuros planes de empleo y, en su caso, a las Diputaciones
Provinciales como coordinadoras y prestadoras del servicio de asistencia a municipios de menor
dimensión de su ámbito territorial, con la finalidad de que estos planes alcancen sus objetivos de
reinserción en el mercado laboral y no se limiten a ser fórmulas temporales de contratación pública.
Como recomendaciones generales:
1) Las entidades locales participantes en futuros planes de empleo deberían analizar las
necesidades del mercado laboral de su ámbito territorial, los perfiles de las personas
desempleadas y sus necesidades de formación con objeto de planificar adecuadamente los
proyectos a desarrollar y la formación a impartir para dar una respuesta más eficaz a las
necesidades de la población demandante de empleo.
2) Las Diputaciones Provinciales deberían coadyuvar en el estudio de dichas necesidades y en
la planificación de los proyectos, prestando apoyo a las entidades de menor dimensión y
coordinando las actuaciones de todas las entidades participantes de su ámbito territorial.
En concreto y enmarcadas en las recomendaciones generales:
Las entidades locales participantes en planes de empleo deberían definir adecuadamente
los criterios de selección de proyectos de forma que permitan identificar los objetivos a
alcanzar y las tareas a desarrollar por los trabajadores contratados.
4) La selección de proyectos de los planes de empleo debería tener en cuenta de forma
prioritaria su posible contribución a la obtención de competencias laborales por los
beneficiarios que mejoren su empleabilidad futura, uno de los principales objetivos de los
planes de empleo.
5) Las entidades locales participantes en planes de empleo deberían evitar desarrollar
proyectos para apoyar o reforzar servicios municipales insuficientemente dotados que
deberían prestarse por empleados municipales.
6) Las entidades locales deberían adoptar las medidas necesarias para impartir una adecuada
formación, en materia de prevención de riesgos laborales, en el desarrollo de todos los
proyectos incluidos en planes de empleo.
cve: BOE-A-2021-15645
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118054
Castilla-La Mancha del exceso de financiación, tuvo un impacto muy importante en la
financiación de los proyectos de las entidades beneficiarias de su provincia y en su
participación, de forma que supuso el incremento de la financiación soportada por las
entidades seleccionadas hasta niveles del 62 % del coste total de los proyectos y
disminuyeron en un 25 % los contratos de trabajo celebrados respecto a los inicialmente
previstos.
III.3.2 PLAN DE EMPLEO COMPLEMENTARIO DE LA DIPUTACIÓN DE CIUDAD REAL
37) La Diputación de Ciudad Real aprobó un Plan de Empleo complementario al Plan de
Empleo de la Comunidad Autónoma de Castilla La-Mancha que permitió la ejecución de
proyectos independientes de los del Plan de Empleo y sobre todo la financiación de la
mayor parte de los costes que debían soportar las entidades locales de su provincia; las
cotizaciones a la Seguridad Social y los de los materiales necesarios para la ejecución de
los proyectos. Este Plan de Empleo de la Diputación de Ciudad Real dio lugar a importantes
reducciones en los costes soportados por las entidades locales de la provincia que de un 35
% del coste total de los proyectos, disminuyó hasta un 15 %.
IV. RECOMENDACIONES
A continuación se exponen las recomendaciones que se considera conveniente formular dirigidas a
las entidades beneficiarias de futuros planes de empleo y, en su caso, a las Diputaciones
Provinciales como coordinadoras y prestadoras del servicio de asistencia a municipios de menor
dimensión de su ámbito territorial, con la finalidad de que estos planes alcancen sus objetivos de
reinserción en el mercado laboral y no se limiten a ser fórmulas temporales de contratación pública.
Como recomendaciones generales:
1) Las entidades locales participantes en futuros planes de empleo deberían analizar las
necesidades del mercado laboral de su ámbito territorial, los perfiles de las personas
desempleadas y sus necesidades de formación con objeto de planificar adecuadamente los
proyectos a desarrollar y la formación a impartir para dar una respuesta más eficaz a las
necesidades de la población demandante de empleo.
2) Las Diputaciones Provinciales deberían coadyuvar en el estudio de dichas necesidades y en
la planificación de los proyectos, prestando apoyo a las entidades de menor dimensión y
coordinando las actuaciones de todas las entidades participantes de su ámbito territorial.
En concreto y enmarcadas en las recomendaciones generales:
Las entidades locales participantes en planes de empleo deberían definir adecuadamente
los criterios de selección de proyectos de forma que permitan identificar los objetivos a
alcanzar y las tareas a desarrollar por los trabajadores contratados.
4) La selección de proyectos de los planes de empleo debería tener en cuenta de forma
prioritaria su posible contribución a la obtención de competencias laborales por los
beneficiarios que mejoren su empleabilidad futura, uno de los principales objetivos de los
planes de empleo.
5) Las entidades locales participantes en planes de empleo deberían evitar desarrollar
proyectos para apoyar o reforzar servicios municipales insuficientemente dotados que
deberían prestarse por empleados municipales.
6) Las entidades locales deberían adoptar las medidas necesarias para impartir una adecuada
formación, en materia de prevención de riesgos laborales, en el desarrollo de todos los
proyectos incluidos en planes de empleo.
cve: BOE-A-2021-15645
Verificable en https://www.boe.es
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