II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-15641)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Universidad de León, por la que se convoca concurso-oposición libre para la provisión de plazas de personal laboral fijo en la categoría de Oficial de Oficio (Grupo IV-A).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 117710
6.6 El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho
meses, contados desde la publicación de la resolución que eleve a definitivas las listas
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos. Los solicitantes podrán entender
desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que caiga
resolución expresa.
7.
Lista de aprobados y Bolsa de Trabajo
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en la Web de la
Universidad, así como en la sede señalada en la base 4.1 y en aquellos otros que estime
oportunos, la Relación de Aspirantes Aprobados, por orden de puntuación alcanzada,
con indicación de su Documento Nacional de Identidad, una vez sumadas las
puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.
El número de aspirantes que superen el proceso selectivo no podrá ser superior al de
plazas convocadas recogidas en el apartado 1.1, siendo de aplicación lo previsto en la
base 5.12.
El Presidente/a del Tribunal enviará copia certificada de las listas de aprobados al
Rector de la Universidad de León, especificando, igualmente, el número de aprobados
en cada uno de los ejercicios.
7.2 La Bolsa de trabajo resultante se regirá por lo dispuesto en el Acuerdo de 24 de
abril de 2018 sobre contratación laboral temporal, o norma que legalmente lo sustituya
(https://www.unileon.es/modelos/archivo/norregint/201811219282468_n_acuerdogerencia-comite-empresa-contratacion-laboral-temporal-2018.pdf).
La bolsa que se genere como resultado de este proceso selectivo surtirá efectos
desde la formalización del contrato del trabajador que haya superado el mismo, dejando
sin efectos las existentes con anterioridad de esta categoría y especialidad, en su caso.
8. Presentación de documentos y nombramiento
a) Fotocopia del DNI y original, para su comprobación.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para el desempeño de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
c) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que le imposibiliten para el ejercicio de las funciones de la plaza. Este
certificado habrá de ser expedido por el facultativo de medicina general del INSALUD
que corresponda al interesado. En caso de que no esté acogido a ningún régimen de la
Seguridad Social, será expedido por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad
y Consumo u organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas.
d) Original y fotocopia para compulsa del título académico exigido en la
convocatoria.
e) Original y fotocopia para la compulsa de la documentación acreditativa de los
requisitos específicos exigidos.
f) Quienes hayan hecho valer su condición de personas con minusvalía deberá
presentar certificación de los órganos competentes en la que se acredite tal condición.
Igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración
Sanitaria, acreditativa de la compatibilidad de la minusvalía con el desempeño de tareas
y funciones correspondientes.
cve: BOE-A-2021-15641
Verificable en https://www.boe.es
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en
que se hicieron públicas las listas de aprobados en el lugar o lugares de examen, los
opositores aprobados deberán presentar, en el Servicio de Recursos Humanos de la
Universidad de León, todos los documentos originales que acrediten los requisitos
exigidos en la base 2, y específicamente los siguientes documentos:
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 117710
6.6 El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho
meses, contados desde la publicación de la resolución que eleve a definitivas las listas
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos. Los solicitantes podrán entender
desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que caiga
resolución expresa.
7.
Lista de aprobados y Bolsa de Trabajo
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en la Web de la
Universidad, así como en la sede señalada en la base 4.1 y en aquellos otros que estime
oportunos, la Relación de Aspirantes Aprobados, por orden de puntuación alcanzada,
con indicación de su Documento Nacional de Identidad, una vez sumadas las
puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.
El número de aspirantes que superen el proceso selectivo no podrá ser superior al de
plazas convocadas recogidas en el apartado 1.1, siendo de aplicación lo previsto en la
base 5.12.
El Presidente/a del Tribunal enviará copia certificada de las listas de aprobados al
Rector de la Universidad de León, especificando, igualmente, el número de aprobados
en cada uno de los ejercicios.
7.2 La Bolsa de trabajo resultante se regirá por lo dispuesto en el Acuerdo de 24 de
abril de 2018 sobre contratación laboral temporal, o norma que legalmente lo sustituya
(https://www.unileon.es/modelos/archivo/norregint/201811219282468_n_acuerdogerencia-comite-empresa-contratacion-laboral-temporal-2018.pdf).
La bolsa que se genere como resultado de este proceso selectivo surtirá efectos
desde la formalización del contrato del trabajador que haya superado el mismo, dejando
sin efectos las existentes con anterioridad de esta categoría y especialidad, en su caso.
8. Presentación de documentos y nombramiento
a) Fotocopia del DNI y original, para su comprobación.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para el desempeño de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
c) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que le imposibiliten para el ejercicio de las funciones de la plaza. Este
certificado habrá de ser expedido por el facultativo de medicina general del INSALUD
que corresponda al interesado. En caso de que no esté acogido a ningún régimen de la
Seguridad Social, será expedido por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad
y Consumo u organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas.
d) Original y fotocopia para compulsa del título académico exigido en la
convocatoria.
e) Original y fotocopia para la compulsa de la documentación acreditativa de los
requisitos específicos exigidos.
f) Quienes hayan hecho valer su condición de personas con minusvalía deberá
presentar certificación de los órganos competentes en la que se acredite tal condición.
Igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración
Sanitaria, acreditativa de la compatibilidad de la minusvalía con el desempeño de tareas
y funciones correspondientes.
cve: BOE-A-2021-15641
Verificable en https://www.boe.es
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en
que se hicieron públicas las listas de aprobados en el lugar o lugares de examen, los
opositores aprobados deberán presentar, en el Servicio de Recursos Humanos de la
Universidad de León, todos los documentos originales que acrediten los requisitos
exigidos en la base 2, y específicamente los siguientes documentos: