III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-15661)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Autotransporte Turístico Español, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118361
4. Consolidación de una tendencia positiva hacia el empleo femenino.
5. Establecimiento de cauces articulados de participación de la representación
social: En coherencia con la política de diálogo social permanente practicada, se fijarán
mecanismos de participación de los agentes sociales en las acciones definidas.
El presente documento, a juicio de las partes firmantes, y su contenido, desarrollo y
compromisos, es de entidad suficiente para ser conforme con lo que al respecto se
recoge en la Ley Orgánica 3/2007 y consecuencia de la autonomía de su voluntad.
ANEXO II
Tabla salarial
Grupo: Personal Administrativo
Nivel
Retribución
IA
3.062,02
IB
2.479,75
IC
2.397,81
II A
2.261,50
II B
2.087,66
III A
1.794,90
III B
1.550,69
III C
1.393,44
III D
1.341,27
Grupo: Personal de Ventas y Operaciones
Nivel
Retribución
IA
2.754,87
IB
2.479,75
IC
2.397,81
II A
2.447,71
II B
2.349,30
II C
2.261,50
II D
2.255,03
II E
2.087,66
II F
2.039,12
II G
1.962,29
III A
1.731,75
III B
1.711,57
III C
1.498,50
III D
1.467,36
III E
1.415,20
cve: BOE-A-2021-15661
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118361
4. Consolidación de una tendencia positiva hacia el empleo femenino.
5. Establecimiento de cauces articulados de participación de la representación
social: En coherencia con la política de diálogo social permanente practicada, se fijarán
mecanismos de participación de los agentes sociales en las acciones definidas.
El presente documento, a juicio de las partes firmantes, y su contenido, desarrollo y
compromisos, es de entidad suficiente para ser conforme con lo que al respecto se
recoge en la Ley Orgánica 3/2007 y consecuencia de la autonomía de su voluntad.
ANEXO II
Tabla salarial
Grupo: Personal Administrativo
Nivel
Retribución
IA
3.062,02
IB
2.479,75
IC
2.397,81
II A
2.261,50
II B
2.087,66
III A
1.794,90
III B
1.550,69
III C
1.393,44
III D
1.341,27
Grupo: Personal de Ventas y Operaciones
Nivel
Retribución
IA
2.754,87
IB
2.479,75
IC
2.397,81
II A
2.447,71
II B
2.349,30
II C
2.261,50
II D
2.255,03
II E
2.087,66
II F
2.039,12
II G
1.962,29
III A
1.731,75
III B
1.711,57
III C
1.498,50
III D
1.467,36
III E
1.415,20
cve: BOE-A-2021-15661
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Núm. 231