II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-15636)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Universidad de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 117641
presentar alegaciones, y, por otro, se solicita un informe complementario a la comisión de
selección.
13.4 Las reclamaciones presentadas hacia la propuesta de provisión dictada por la
comisión de selección deberán ser objeto de un informe preceptivo de la Comisión de
Reclamaciones de la UB.
A tal efecto, las alegaciones y el informe complementario referenciados en el párrafo
anterior serán objeto de análisis, junto con la documentación del expediente del
concurso, de la Comisión de Reclamaciones, la cual será convocada por la secretaría
general.
La Comisión de Reclamaciones, a la vista de la documentación recibida y habiendo
analizado el recurso interpuesto, emitirá un informe en el que, de forma motivada,
propondrá al rector ratificar o no la propuesta publicada. En la tarea asignada, la
Comisión deberá velar por las garantías establecidas, valorar los aspectos
procedimentales y verificar la aplicación de los principios de igualdad, mérito y capacidad
en el concurso.
13.5 El rector dictará resolución en congruencia con lo que indique la Comisión de
Reclamaciones en el plazo máximo de tres meses, sin perjuicio de que este plazo pueda
ampliarse hasta un mes y medio adicional. Si el plazo establecido transcurre sin que se
haya resuelto la reclamación, se entenderá que tiene los efectos del silencio
desestimatorio, sin perjuicio de que se pueda dictar resolución una vez superado dicho
plazo.
13.6 Contra la resolución que dicta el rector a propuesta de la Comisión de
Reclamaciones, que agota la vía administrativa, independientemente de la ejecutividad
inmediata, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de
Barcelona en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de
notificación de la resolución, según lo establecido en el artículo 46 de la ley mencionada.
Derecho de información relativo al tratamiento de datos personales
14.1 El responsable del tratamiento de los datos personales es la Secretaria General de
la Universidad de Barcelona, con dirección postal Gran Via de les Corts Catalanes, 585, 08007
Barcelona y dirección de correo electrónico secretaria.general@ub.edu.
14.2 La finalidad del tratamiento de los datos personales es la de gestionar el
presente concurso.
14.3 La base jurídica para el tratamiento de los datos personales es el
cumplimiento de una misión realizada en interés general, en base a lo establecido por la
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; la Ley 1/2003, de 19 de
febrero, de universidades de Cataluña; el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del
empleado público; y el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el cual se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores.
14.4 Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir la finalidad por la
cual fueron recogidas y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar.
14.5 La destinataria de los datos es la propia universidad y, si los hubiera, los
encargados de tratamiento.
14.6 Determinados datos identificativos podrán ser visualizados por las personas
que accedan en el lugar web de la UB como consecuencia de la publicación de los
documentos que se precise de acuerdo con la normativa mencionada y a estas bases.
No se contempla ninguna otra cesión de datos a terceros, salvo que sea obligación legal.
En este supuesto, únicamente se enviarán los datos necesarios.
14.7 Se podrá acceder a los datos personales, solicitar la rectificación, la supresión,
la oposición, la portabilidad o la limitación, mediante un escrito dirigido a la Secretaria
cve: BOE-A-2021-15636
Verificable en https://www.boe.es
14.
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 117641
presentar alegaciones, y, por otro, se solicita un informe complementario a la comisión de
selección.
13.4 Las reclamaciones presentadas hacia la propuesta de provisión dictada por la
comisión de selección deberán ser objeto de un informe preceptivo de la Comisión de
Reclamaciones de la UB.
A tal efecto, las alegaciones y el informe complementario referenciados en el párrafo
anterior serán objeto de análisis, junto con la documentación del expediente del
concurso, de la Comisión de Reclamaciones, la cual será convocada por la secretaría
general.
La Comisión de Reclamaciones, a la vista de la documentación recibida y habiendo
analizado el recurso interpuesto, emitirá un informe en el que, de forma motivada,
propondrá al rector ratificar o no la propuesta publicada. En la tarea asignada, la
Comisión deberá velar por las garantías establecidas, valorar los aspectos
procedimentales y verificar la aplicación de los principios de igualdad, mérito y capacidad
en el concurso.
13.5 El rector dictará resolución en congruencia con lo que indique la Comisión de
Reclamaciones en el plazo máximo de tres meses, sin perjuicio de que este plazo pueda
ampliarse hasta un mes y medio adicional. Si el plazo establecido transcurre sin que se
haya resuelto la reclamación, se entenderá que tiene los efectos del silencio
desestimatorio, sin perjuicio de que se pueda dictar resolución una vez superado dicho
plazo.
13.6 Contra la resolución que dicta el rector a propuesta de la Comisión de
Reclamaciones, que agota la vía administrativa, independientemente de la ejecutividad
inmediata, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de
Barcelona en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de
notificación de la resolución, según lo establecido en el artículo 46 de la ley mencionada.
Derecho de información relativo al tratamiento de datos personales
14.1 El responsable del tratamiento de los datos personales es la Secretaria General de
la Universidad de Barcelona, con dirección postal Gran Via de les Corts Catalanes, 585, 08007
Barcelona y dirección de correo electrónico secretaria.general@ub.edu.
14.2 La finalidad del tratamiento de los datos personales es la de gestionar el
presente concurso.
14.3 La base jurídica para el tratamiento de los datos personales es el
cumplimiento de una misión realizada en interés general, en base a lo establecido por la
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; la Ley 1/2003, de 19 de
febrero, de universidades de Cataluña; el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del
empleado público; y el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el cual se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores.
14.4 Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir la finalidad por la
cual fueron recogidas y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar.
14.5 La destinataria de los datos es la propia universidad y, si los hubiera, los
encargados de tratamiento.
14.6 Determinados datos identificativos podrán ser visualizados por las personas
que accedan en el lugar web de la UB como consecuencia de la publicación de los
documentos que se precise de acuerdo con la normativa mencionada y a estas bases.
No se contempla ninguna otra cesión de datos a terceros, salvo que sea obligación legal.
En este supuesto, únicamente se enviarán los datos necesarios.
14.7 Se podrá acceder a los datos personales, solicitar la rectificación, la supresión,
la oposición, la portabilidad o la limitación, mediante un escrito dirigido a la Secretaria
cve: BOE-A-2021-15636
Verificable en https://www.boe.es
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