I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Organización. (BOE-A-2021-15582)
Orden DSA/1009/2021, de 22 de septiembre, por la que se crea el Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 117523
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
Orden DSA/1009/2021, de 22 de septiembre, por la que se crea el Consejo
Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia.
La ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño por España el 30 de
noviembre de 1990 y su entrada en vigor el 5 de enero de 1991, ha incorporado en
nuestra normativa el reconocimiento de las niñas y niños como sujetos de derechos,
creativos y participativos, capaces de modificar y de influir en su entorno, siendo un
compromiso del Estado impulsar las condiciones para hacer efectiva la participación de
los niños, niñas y adolescentes en la vida social en todas sus dimensiones.
Tal y como señala el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas en su
Observación General número 12: el derecho del niño/a a ser escuchado (2009), se han
de garantizar las condiciones básicas para que el derecho a la participación sea efectivo,
algo que requiere que esta participación sea: transparente e informativa; voluntaria;
pertinente; adaptada a las niñas y niños; con formación adecuada a las personas
adultas; segura, protectora y sensible a posibles riesgos; y responsable.
Además, se siguen las Recomendaciones del mismo Comité en 2018, realizadas
específicamente a España sobre la materia, para que se promueva el ejercicio efectivo
de este derecho en «la formulación de políticas nacionales, así como en la aplicación y
evaluación de planes, programas y políticas», y en «su participación significativa en
procesos legislativos y administrativos, relativos a cuestiones que los afectan». Se da
también cumplimiento a las nuevas Directrices de la Unión Europea (Estrategia de la
Unión Europea sobre los derechos del niño (03/2021) en lo señalado en su punto 1.
Participación en la vida política y democrática: una UE que capacita a las niñas y los
niños para ejercer una ciudadanía activa como miembros de las sociedades
democráticas) y del Consejo de Europa (Manual del Consejo de Europa sobre
participación infantil para profesionales que trabajan con y para los niños y las
niñas 10/2020).
España ha ido avanzando, desde la aplicación de un nuevo marco legislativo, hacia
nuevos progresos para la creación de órganos consultivos de participación de la infancia
y de la adolescencia, hasta la ejecución de programas sobre este ámbito en colaboración
con las organizaciones sociales de infancia dedicadas, especialmente a nivel territorial
local y autonómico.
Por ello, la disposición final decimoséptima de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio,
de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, determina que
«El Gobierno, en el plazo de seis meses desde la aprobación de esta ley, procederá a la
creación del Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia, de
modo que se garantice el ejercicio efectivo del derecho de participación en la
formulación, aplicación y evaluación de planes, programas y políticas nacionales que
afectan a los niños, niñas y adolescentes».
Cabe destacar que en la composición de este Consejo estatal se garantizará que la
participación de las niñas, niños y adolescentes se haga en condiciones de igualdad y
paridad, que ninguna barrera (de género, de origen, de etnia, económica, racial, de
movilidad, de funcionalidad, lingüística, etc.) impida el acceso a la participación y que,
por supuesto, los grupos sociales más vulnerables de niños y niñas también formen
parte de pleno derecho, favoreciendo con su presencia la representatividad de la
diversidad y pluralidad que existe en el espacio de la infancia y de la adolescencia en
España.
cve: BOE-A-2021-15582
Verificable en https://www.boe.es
15582
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 117523
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
Orden DSA/1009/2021, de 22 de septiembre, por la que se crea el Consejo
Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia.
La ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño por España el 30 de
noviembre de 1990 y su entrada en vigor el 5 de enero de 1991, ha incorporado en
nuestra normativa el reconocimiento de las niñas y niños como sujetos de derechos,
creativos y participativos, capaces de modificar y de influir en su entorno, siendo un
compromiso del Estado impulsar las condiciones para hacer efectiva la participación de
los niños, niñas y adolescentes en la vida social en todas sus dimensiones.
Tal y como señala el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas en su
Observación General número 12: el derecho del niño/a a ser escuchado (2009), se han
de garantizar las condiciones básicas para que el derecho a la participación sea efectivo,
algo que requiere que esta participación sea: transparente e informativa; voluntaria;
pertinente; adaptada a las niñas y niños; con formación adecuada a las personas
adultas; segura, protectora y sensible a posibles riesgos; y responsable.
Además, se siguen las Recomendaciones del mismo Comité en 2018, realizadas
específicamente a España sobre la materia, para que se promueva el ejercicio efectivo
de este derecho en «la formulación de políticas nacionales, así como en la aplicación y
evaluación de planes, programas y políticas», y en «su participación significativa en
procesos legislativos y administrativos, relativos a cuestiones que los afectan». Se da
también cumplimiento a las nuevas Directrices de la Unión Europea (Estrategia de la
Unión Europea sobre los derechos del niño (03/2021) en lo señalado en su punto 1.
Participación en la vida política y democrática: una UE que capacita a las niñas y los
niños para ejercer una ciudadanía activa como miembros de las sociedades
democráticas) y del Consejo de Europa (Manual del Consejo de Europa sobre
participación infantil para profesionales que trabajan con y para los niños y las
niñas 10/2020).
España ha ido avanzando, desde la aplicación de un nuevo marco legislativo, hacia
nuevos progresos para la creación de órganos consultivos de participación de la infancia
y de la adolescencia, hasta la ejecución de programas sobre este ámbito en colaboración
con las organizaciones sociales de infancia dedicadas, especialmente a nivel territorial
local y autonómico.
Por ello, la disposición final decimoséptima de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio,
de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, determina que
«El Gobierno, en el plazo de seis meses desde la aprobación de esta ley, procederá a la
creación del Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia, de
modo que se garantice el ejercicio efectivo del derecho de participación en la
formulación, aplicación y evaluación de planes, programas y políticas nacionales que
afectan a los niños, niñas y adolescentes».
Cabe destacar que en la composición de este Consejo estatal se garantizará que la
participación de las niñas, niños y adolescentes se haga en condiciones de igualdad y
paridad, que ninguna barrera (de género, de origen, de etnia, económica, racial, de
movilidad, de funcionalidad, lingüística, etc.) impida el acceso a la participación y que,
por supuesto, los grupos sociales más vulnerables de niños y niñas también formen
parte de pleno derecho, favoreciendo con su presencia la representatividad de la
diversidad y pluralidad que existe en el espacio de la infancia y de la adolescencia en
España.
cve: BOE-A-2021-15582
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