III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Consorcio Valencia 2007. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-15555)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, del Consorcio Valencia 2007, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230
Sábado 25 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116992
NOTA 1. CONSTITUCION, ACTIVIDAD Y REGIMEN LEGAL DEL CONSORCIO
a) Constitución y Domicilio Social
El Consorcio Valencia 2007, en adelante el Consorcio, creado por el Convenio entre la
Administración General del Estado, la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Valencia,
firmado el 1 de octubre de 2003, es una entidad de Derecho Público con personalidad jurídica
y patrimonio propios y plena capacidad de obrar para la consecución de sus fines.
El Consorcio tiene su sede en la ciudad de Valencia y su domicilio social está situado en el
Ayuntamiento de Valencia, sito en la Plaza del Ayuntamiento, 1.
b) Actividad
Tras la designación de Valencia como ciudad Sede de la XXXII y XXXIII edición de la Copa del
América, y decidida la pervivencia a largo plazo del Consorcio, sus fines quedan enmarcados
dentro del objetivo global de autofinanciación, propiciada por la consecución de una
rentabilidad suficiente de los recursos de todo tipo que utilice.
Los fines específicos del Consorcio, enunciados en los estatutos, son los siguientes:
•
La adopción, ejecución y coordinación de cuantas actuaciones y medidas resulten
necesarias para la explotación de las infraestructuras e instalaciones ejecutadas por el
Consorcio Valencia 2007 con el objetivo de satisfacer el crédito que esta entidad contrajo
para cumplir con las obligaciones del contrato de Ciudad anfitriona y sede de la 32ª edición
de la Copa del América.
•
La planificación, proyecto, ejecución y explotación, de cuantas obras infraestructuras e
instalaciones considere conveniente llevar a cabo en el ámbito territorial de los espacios
que por cualquier título le sean asignados para su gestión.
•
La potenciación de los impactos económicos, culturales y de imagen, así como la
promoción y fomento de actividades náuticas que, sin perjuicio de las economías externas
que puedan y deban suponer para la Ciudad, la Comunidad Autónoma, y la Nación,
redunden en una mejora del atractivo de las infraestructuras e instalaciones que van a ser
objeto de explotación por el Consorcio Valencia 2007, y faciliten así la obtención de una
rentabilidad suficiente del conjunto de sus actuaciones.
1. La activación productiva de una gran infraestructura construida. La Marina de Valencia ha
de acoger las actividades productivas más innovadoras y creativas, aprovechando la
infraestructura existente y sirviendo como palanca de transformación de los Poblados
Marítimos y la ciudad de Valencia.
cve: BOE-A-2021-15555
Verificable en https://www.boe.es
Esos fines se pretenden alcanzar mediante la nueva orientación estratégica presentada en
marzo de 2017 basada en tres premisas:
Núm. 230
Sábado 25 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116992
NOTA 1. CONSTITUCION, ACTIVIDAD Y REGIMEN LEGAL DEL CONSORCIO
a) Constitución y Domicilio Social
El Consorcio Valencia 2007, en adelante el Consorcio, creado por el Convenio entre la
Administración General del Estado, la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Valencia,
firmado el 1 de octubre de 2003, es una entidad de Derecho Público con personalidad jurídica
y patrimonio propios y plena capacidad de obrar para la consecución de sus fines.
El Consorcio tiene su sede en la ciudad de Valencia y su domicilio social está situado en el
Ayuntamiento de Valencia, sito en la Plaza del Ayuntamiento, 1.
b) Actividad
Tras la designación de Valencia como ciudad Sede de la XXXII y XXXIII edición de la Copa del
América, y decidida la pervivencia a largo plazo del Consorcio, sus fines quedan enmarcados
dentro del objetivo global de autofinanciación, propiciada por la consecución de una
rentabilidad suficiente de los recursos de todo tipo que utilice.
Los fines específicos del Consorcio, enunciados en los estatutos, son los siguientes:
•
La adopción, ejecución y coordinación de cuantas actuaciones y medidas resulten
necesarias para la explotación de las infraestructuras e instalaciones ejecutadas por el
Consorcio Valencia 2007 con el objetivo de satisfacer el crédito que esta entidad contrajo
para cumplir con las obligaciones del contrato de Ciudad anfitriona y sede de la 32ª edición
de la Copa del América.
•
La planificación, proyecto, ejecución y explotación, de cuantas obras infraestructuras e
instalaciones considere conveniente llevar a cabo en el ámbito territorial de los espacios
que por cualquier título le sean asignados para su gestión.
•
La potenciación de los impactos económicos, culturales y de imagen, así como la
promoción y fomento de actividades náuticas que, sin perjuicio de las economías externas
que puedan y deban suponer para la Ciudad, la Comunidad Autónoma, y la Nación,
redunden en una mejora del atractivo de las infraestructuras e instalaciones que van a ser
objeto de explotación por el Consorcio Valencia 2007, y faciliten así la obtención de una
rentabilidad suficiente del conjunto de sus actuaciones.
1. La activación productiva de una gran infraestructura construida. La Marina de Valencia ha
de acoger las actividades productivas más innovadoras y creativas, aprovechando la
infraestructura existente y sirviendo como palanca de transformación de los Poblados
Marítimos y la ciudad de Valencia.
cve: BOE-A-2021-15555
Verificable en https://www.boe.es
Esos fines se pretenden alcanzar mediante la nueva orientación estratégica presentada en
marzo de 2017 basada en tres premisas: