III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-15557)
Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230

Sábado 25 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 117063

3. El titular de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
delega el ejercicio de las siguientes competencias:
A)

En el titular de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura:

a) La aprobación técnica de los proyectos, tanto de obra nueva como de
rehabilitación, que se desarrollen en su ámbito funcional, sea cual sea su valor
estimado.
b) Autorizar la redacción de modificados y aprobarlos técnicamente cuando el
adicional no exceda del 20 por 100 del precio de adjudicación, y aprobar técnicamente
las liquidaciones, siempre que el saldo resultante no exceda del 10 por 100 del precio de
adjudicación y el importe adicional no sea superior a 100.000 euros.
B) En los titulares de las Subdirecciones Generales dependientes de las
Direcciones Generales de Agenda Urbana y Arquitectura y de Vivienda y Suelo, en sus
respectivos ámbitos funcionales:
a) Aprobar los programas de trabajo cuando no lleven aparejados reajustes de
anualidades, conceder las prórrogas y autorizar la suspensión parcial así como su
reanudación.
b) Designar a los coordinadores en materia de seguridad y salud durante la
elaboración de los proyectos y ejecución de las obras en los casos que proceda, así
como aprobar los planes de seguridad y salud.
c) La resolución sobre aceptación y reajuste de garantías.
C) En el titular de la Subdirección General de Coordinación y Gestión
Administrativa, adscrita a la Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda, la
autorización de la devolución de garantías, cuando en cada caso proceda, según la
legislación vigente.
Vigesimotercero.

Aprobación y aceptación de las delegaciones.

1. Las delegaciones de competencias contenidas en esta Orden cuentan con la
previa aprobación a la que se refiere el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
en particular:

2. De conformidad con lo previsto en el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, las delegaciones de competencias que realiza el titular de la Subsecretaría en
materia de personal en los Presidentes o Directores de los organismos autónomos,
además de ser aprobadas por la titular del Departamento, han sido aceptadas por dichos
organismos.

cve: BOE-A-2021-15557
Verificable en https://www.boe.es

A) Las delegaciones que realizan la titular de la Secretaría de Estado y el titular de
la Subsecretaría se han aprobado por la titular del Departamento.
B) Las delegaciones que realiza el titular de la Dirección General de Carreteras se
han aprobado por el titular de la Secretaría General de Infraestructuras.
C) La delegación que realiza el titular de la Dirección General de Planificación y
Evaluación de la Red Ferroviaria en los Subdelegados del Gobierno en las provincias de
Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, se ha aprobado por el titular de la Secretaría General de
Infraestructuras y por el Delegado del Gobierno en el País Vasco.
D) Las delegaciones que realizan los titulares de las Direcciones Generales de la
Marina Mercante y de Transporte Terrestre se han aprobado por la titular de la Secretaría
General de Transportes y Movilidad.