III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Convenios. (BOE-A-2021-15507)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica la Adenda al Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, en relación con la realización de trámites administrativos y gestión documental por vía electrónica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229

Viernes 24 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 116756

Dichas partes, en el ejercicio de las funciones que les están legalmente atribuidas, se
reconocen la capacidad legal necesaria para formalizar el presente convenio y, en
consecuencia,

Que con fecha 24 de junio de 2019 fue suscrito un convenio entre la Administración
General del Estado (Ministerio de Política Territorial) y el Consejo General de Colegios
Oficiales de Graduados Sociales de España, al amparo de lo establecido en el Capítulo
VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Dicho convenio se suscribió para habilitar a los graduados sociales colegiados para
la presentación electrónica de documentos en representación de terceras personas, con
el fin de favorecer el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos de carácter
administrativo por parte de los ciudadanos ante las Delegaciones y Subdelegaciones del
Gobierno. Su ámbito material comprendía los trámites en materia de extranjería que se
realizan en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, a través de las Oficinas
de Extranjería y, en su caso, de las Áreas o Dependencias funcionales de Trabajo e
Inmigración (incluidos aquellos en los que se requiera, de acuerdo con la normativa
vigente, la comparecencia presencial del interesado, conforme a lo establecido en la
disposición adicional octava del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero,
sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social),
siempre que los mismos se encuentren disponibles para la presentación de documentos
por parte de los ciudadanos en la sede electrónica de este Departamento.
La gestión a través de profesionales y el Colegio que les representa resulta
especialmente útil tanto para los ciudadanos como para la Administración. En el primer
caso, porque se requiere un conocimiento especial de la normativa en materia de
extranjería de la que el ciudadano en ocasiones carece. En el segundo, porque la
existencia de un Colegio profesional que califica, verifica y revisa los trámites que van a
presentar sus colegiados minimiza los errores del expediente evitando requerimientos y
disminuyendo los tiempos de tramitación. Es el caso de los expedientes presentados por
los Graduados Sociales de manera centralizada a través de los Colegios de Graduados
Sociales: cuentan con un proceso de revisión colegial que supone una mejora cualitativa
respecto al presentado tradicionalmente. En este sentido, los Estatutos Generales de los
Colegios Oficiales de Graduados Sociales y del Consejo General de Colegios Oficiales
de Graduados Sociales de España, están regulados por Real Decreto 1415/2006, de 1
de diciembre, modificado por Real Decreto 503/2011, de 8 de abril.
La colaboración que pretende esta adenda responde a la necesidad de facilitar la
realización de algunos de los trámites, agilizando la actuación de las Delegaciones y
Subdelegaciones en el marco de sus competencias, con la colaboración de los distintos
colegios de graduados sociales de su ámbito territorial y liberando por tanto capacidad
de trabajo para atender otras necesidades.
De este modo, dado que existe un interés mutuo por avanzar en el marco de
colaboración permanente establecido por el convenio reseñado al principio de esta parte
expositiva, el Secretario de Estado de Política Territorial y el Presidente del Consejo
General de Colegios de Graduados Sociales de España acuerdan, mediante la presente
adenda al convenio, establecer un modelo de actuación que aquellas Delegaciones o
Subdelegaciones del Gobierno que lo consideren conveniente podrán desarrollar a nivel
provincial con el Colegio de Graduados Sociales de su ámbito de actuación.
ACUERDAN
Primera.

Nueva cláusula sexta bis.

Conforme a lo establecido en la cláusula undécima del convenio firmado con
fecha 24 de junio de 2019, ambas partes acuerdan la modificación del convenio

cve: BOE-A-2021-15507
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