I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Avales. Gestión informatizada. (BOE-A-2021-15450)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 28 de febrero de 2006, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la validación mediante un código NRC de los avales otorgados por las entidades de crédito y por las sociedades de garantía recíproca y presentados por los interesados ante la Administración Tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229
Viernes 24 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 116519
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
15450
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección General de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 28
de febrero de 2006, por la que se establecen las condiciones generales y el
procedimiento para la validación mediante un código NRC de los avales
otorgados por las entidades de crédito y por las sociedades de garantía
recíproca y presentados por los interesados ante la Administración Tributaria.
La Resolución de 28 de febrero de 2006 de la Dirección General de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, estableció las condiciones generales y el procedimiento para la
validación informática de los avales otorgados por las distintas entidades financieras y
presentados por los obligados tributarios ante la Administración Tributaria.
El procedimiento establecido se basa en la utilización del Número de Referencia
Completo (NRC) en la gestión de los avales presentados por los obligados tributarios o
demás responsables del pago de una deuda aduanera y/o tributaria, con el fin de
acelerar en lo posible los trámites administrativos en esta materia y aumentar la
seguridad en el cobro de los créditos de Derecho Público sin aumentar las labores de
control. Asimismo, debe destacarse que el NRC, hasta la fecha, ha venido emitiéndose
por las propias entidades financieras, a partir de claves de cifrado generadas por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria a tales efectos.
Con el fin de solventar posibles problemas de seguridad y aprovechar las actuales
posibilidades tecnológicas, recientemente se ha revisado el sistema de gestión de los
NRC utilizado hasta ahora, debiendo destacarse que, tras esa revisión, será la Agencia
Tributaria la emisora del NRC, previa petición de las entidades colaboradoras.
Esta modificación y actualización operativa determina la necesidad de adaptar
determinados aspectos de la antedicha Resolución de 28 de febrero de 2006, de la
Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Por otra parte, la experiencia acumulada aconseja realizar adaptaciones respecto de
otros aspectos relativos al procedimiento regulado en esa misma Resolución, en su
mayoría de naturaleza formal.
En virtud de lo anterior, dispongo:
La Resolución de 28 de febrero de 2006, de la Dirección General de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por la que se establecen las condiciones
generales y el procedimiento para la validación mediante un código NRC de los avales
otorgados por las entidades de crédito y por las sociedades de Garantía Recíproca y
cve: BOE-A-2021-15450
Verificable en https://www.boe.es
Primero. Modificación de la Resolución de 28 de febrero de 2006, de la Dirección
General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establecen
las condiciones generales y el procedimiento para la validación mediante un código
NRC de los avales otorgados por las entidades de crédito y por las sociedades de
Garantía Recíproca y presentados por los interesados ante la Administración
Tributaria.
Núm. 229
Viernes 24 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 116519
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
15450
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección General de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 28
de febrero de 2006, por la que se establecen las condiciones generales y el
procedimiento para la validación mediante un código NRC de los avales
otorgados por las entidades de crédito y por las sociedades de garantía
recíproca y presentados por los interesados ante la Administración Tributaria.
La Resolución de 28 de febrero de 2006 de la Dirección General de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, estableció las condiciones generales y el procedimiento para la
validación informática de los avales otorgados por las distintas entidades financieras y
presentados por los obligados tributarios ante la Administración Tributaria.
El procedimiento establecido se basa en la utilización del Número de Referencia
Completo (NRC) en la gestión de los avales presentados por los obligados tributarios o
demás responsables del pago de una deuda aduanera y/o tributaria, con el fin de
acelerar en lo posible los trámites administrativos en esta materia y aumentar la
seguridad en el cobro de los créditos de Derecho Público sin aumentar las labores de
control. Asimismo, debe destacarse que el NRC, hasta la fecha, ha venido emitiéndose
por las propias entidades financieras, a partir de claves de cifrado generadas por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria a tales efectos.
Con el fin de solventar posibles problemas de seguridad y aprovechar las actuales
posibilidades tecnológicas, recientemente se ha revisado el sistema de gestión de los
NRC utilizado hasta ahora, debiendo destacarse que, tras esa revisión, será la Agencia
Tributaria la emisora del NRC, previa petición de las entidades colaboradoras.
Esta modificación y actualización operativa determina la necesidad de adaptar
determinados aspectos de la antedicha Resolución de 28 de febrero de 2006, de la
Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Por otra parte, la experiencia acumulada aconseja realizar adaptaciones respecto de
otros aspectos relativos al procedimiento regulado en esa misma Resolución, en su
mayoría de naturaleza formal.
En virtud de lo anterior, dispongo:
La Resolución de 28 de febrero de 2006, de la Dirección General de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por la que se establecen las condiciones
generales y el procedimiento para la validación mediante un código NRC de los avales
otorgados por las entidades de crédito y por las sociedades de Garantía Recíproca y
cve: BOE-A-2021-15450
Verificable en https://www.boe.es
Primero. Modificación de la Resolución de 28 de febrero de 2006, de la Dirección
General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establecen
las condiciones generales y el procedimiento para la validación mediante un código
NRC de los avales otorgados por las entidades de crédito y por las sociedades de
Garantía Recíproca y presentados por los interesados ante la Administración
Tributaria.