III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Subvenciones. (BOE-A-2021-15434)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia al procedimiento de concesión de subvenciones convocadas por Resolución de 6 de agosto de 2021, para actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228

Jueves 23 de septiembre de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
15434

Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de
Memoria Democrática, por la que se acuerda aplicar la tramitación de
urgencia al procedimiento de concesión de subvenciones convocadas por
Resolución de 6 de agosto de 2021, para actividades relacionadas con la
recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y la
Dictadura.

El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas establece en su apartado primero que «Cuando
razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del
interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se
reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los
relativos a la presentación de solicitudes y recursos», continuando en su apartado
segundo disponiendo que «No cabrá recurso alguno contra el acuerdo que declare la
aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento, sin perjuicio del procedente
contra la resolución que ponga fin al procedimiento».
De acuerdo con este precepto, se acuerda aplicar la tramitación de urgencia al
procedimiento relativo a la concesión de subvenciones destinadas a actividades
relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra
Civil y la Dictadura, convocadas mediante Resolución de 6 de agosto de 2021,
motivando la presente decisión en los siguientes hechos y fundamentos:

Mediante Resolución de 6 de agosto de 2021, fueron convocadas las ayudas previstas
en la Orden PCM/725/2020, de 27 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la
recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la
Dictadura. El plazo de presentación de solicitudes correspondientes, finalizó el pasado 13
de septiembre.
Necesidades internas de adecuación presupuestaria, motivaron que haya resultado
completamente inviable proceder a la publicación de esta convocatoria hasta el segundo
semestre de este año. Este retraso en la publicación de la convocatoria, unido al alto
volumen de solicitudes presentadas y al hecho de que cada una de ellas se acompaña
de un proyecto que debe ser objeto de estudio y valoración, hacen que resulte muy
complicado lograr la resolución del procedimiento de concesión de estas ayudas antes
del cierre del presente ejercicio, máxime si se tienen en cuenta los plazos establecidos
anualmente en la Orden del Ministerio de Hacienda relativa a las operaciones de cierre
del ejercicio presupuestario.
A mayor abundamiento, debe tenerse en cuenta que en las subvenciones
convocadas figuran entre las potenciales beneficiarias de las ayudas, asociaciones y
otras entidades sin ánimo de lucro, por lo que la ejecución de sus proyectos e iniciativas
podría resultar gravemente afectada, llegando incluso a truncarse su ejecución, ante un
posible retraso en la resolución del procedimiento.
Con la finalidad de prevenir esta situación, se considera conveniente aplicar la
tramitación de urgencia a este procedimiento de concesión de subvenciones,

cve: BOE-A-2021-15434
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Antecedentes