III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2021-15394)
Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (programa PROA+), en el ejercicio presupuestario 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116045
Educación, se fijarán los criterios de reparto y la distribución resultante entre las
Comunidades Autónomas.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional realizará el seguimiento y control
de la aplicación de los créditos, con objeto de comprobar el destino específico para el
que fueron transferidos y su adecuada ejecución, según los mecanismos que, a tal
efecto, se incluyen en el presente Acuerdo de la Conferencia Sectorial por el que se fijan
los criterios objetivos que sirven de base para la distribución territorial de los créditos
presupuestarios, así como la distribución resultante.
Respecto a la tramitación de este acuerdo, cabe señalar que, según lo dispuesto en
la Disposición Adicional Primera, apartado cuatro, de la Ley 11/2020 de 30 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, con carácter previo al acuerdo
de Conferencia Sectorial sobre distribución de créditos regulado en el artículo 86.2 de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria se ha recabado el informe
favorable de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el apartado a), de la regla segunda, del
artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, al ser el importe total a distribuir
superior a 12 millones de euros, se ha recabado, con carácter previo a la convocatoria
de la Conferencia Sectorial, la autorización del Consejo de Ministros de 13 de julio
de 2021. La citada autorización no conlleva la aprobación del gasto, que se ha realizado
con carácter previo a la celebración de la Conferencia Sectorial.
Una vez aprobada la distribución de los créditos por la Conferencia Sectorial, la
concesión correspondiente a cada Comunidad Autónoma se realizará por resolución del
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En su virtud, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Comunidades
Autónomas acuerdan aprobar el programa de cooperación territorial para la orientación,
avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa
(programa PROA+), los criterios objetivos que sirven de base para la distribución
territorial del crédito, así como la distribución resultante a las Comunidades Autónomas,
en el año 2021, por importe de 40.000.000,00 euros, en los términos establecidos en el
anexo del presente acuerdo.
ANEXO
Programa de Cooperación Territorial para la orientación, avance y enriquecimiento
educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+)
1.
Contexto y justificación
La sociedad española del siglo XXI tiene la convicción de que es necesario mejorar
la calidad de la educación, y que este beneficio debe llegar a toda la ciudadanía, sin
ningún tipo de exclusión. Existe la firme creencia de que calidad y equidad son
conceptos inseparables y que, tal y como se ha constatado en diferentes evaluaciones
internacionales, ambos principios son compatibles y no deben considerarse objetivos
antagónicos.
El principio fundamental en el que se sustenta la Ley Orgánica 3/2020, de 29
de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación (LOMLOE) es el de proporcionar una educación de calidad a toda la
ciudadanía, en todos los niveles del sistema educativo. Tras haber conseguido que toda
la ciudadanía esté escolarizada hasta los dieciséis años de edad, el objetivo ahora
consiste en mejorar los resultados generales y en reducir las altas tasas de alumnado sin
titulación al finalizar la educación básica, así como el abandono escolar temprano. Se
trata de conseguir que todos los ciudadanos y las ciudadanas alcancen el máximo
desarrollo posible de sus capacidades individuales, sociales, intelectuales, culturales y
emocionales, para lo que necesitan recibir una educación de calidad adaptada a sus
necesidades. Al mismo tiempo se les debe prestar los necesarios apoyos, tanto al
alumnado que los requiera como a los centros en los que se encuentran escolarizados,
cve: BOE-A-2021-15394
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 228
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116045
Educación, se fijarán los criterios de reparto y la distribución resultante entre las
Comunidades Autónomas.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional realizará el seguimiento y control
de la aplicación de los créditos, con objeto de comprobar el destino específico para el
que fueron transferidos y su adecuada ejecución, según los mecanismos que, a tal
efecto, se incluyen en el presente Acuerdo de la Conferencia Sectorial por el que se fijan
los criterios objetivos que sirven de base para la distribución territorial de los créditos
presupuestarios, así como la distribución resultante.
Respecto a la tramitación de este acuerdo, cabe señalar que, según lo dispuesto en
la Disposición Adicional Primera, apartado cuatro, de la Ley 11/2020 de 30 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, con carácter previo al acuerdo
de Conferencia Sectorial sobre distribución de créditos regulado en el artículo 86.2 de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria se ha recabado el informe
favorable de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el apartado a), de la regla segunda, del
artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, al ser el importe total a distribuir
superior a 12 millones de euros, se ha recabado, con carácter previo a la convocatoria
de la Conferencia Sectorial, la autorización del Consejo de Ministros de 13 de julio
de 2021. La citada autorización no conlleva la aprobación del gasto, que se ha realizado
con carácter previo a la celebración de la Conferencia Sectorial.
Una vez aprobada la distribución de los créditos por la Conferencia Sectorial, la
concesión correspondiente a cada Comunidad Autónoma se realizará por resolución del
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En su virtud, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Comunidades
Autónomas acuerdan aprobar el programa de cooperación territorial para la orientación,
avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa
(programa PROA+), los criterios objetivos que sirven de base para la distribución
territorial del crédito, así como la distribución resultante a las Comunidades Autónomas,
en el año 2021, por importe de 40.000.000,00 euros, en los términos establecidos en el
anexo del presente acuerdo.
ANEXO
Programa de Cooperación Territorial para la orientación, avance y enriquecimiento
educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+)
1.
Contexto y justificación
La sociedad española del siglo XXI tiene la convicción de que es necesario mejorar
la calidad de la educación, y que este beneficio debe llegar a toda la ciudadanía, sin
ningún tipo de exclusión. Existe la firme creencia de que calidad y equidad son
conceptos inseparables y que, tal y como se ha constatado en diferentes evaluaciones
internacionales, ambos principios son compatibles y no deben considerarse objetivos
antagónicos.
El principio fundamental en el que se sustenta la Ley Orgánica 3/2020, de 29
de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación (LOMLOE) es el de proporcionar una educación de calidad a toda la
ciudadanía, en todos los niveles del sistema educativo. Tras haber conseguido que toda
la ciudadanía esté escolarizada hasta los dieciséis años de edad, el objetivo ahora
consiste en mejorar los resultados generales y en reducir las altas tasas de alumnado sin
titulación al finalizar la educación básica, así como el abandono escolar temprano. Se
trata de conseguir que todos los ciudadanos y las ciudadanas alcancen el máximo
desarrollo posible de sus capacidades individuales, sociales, intelectuales, culturales y
emocionales, para lo que necesitan recibir una educación de calidad adaptada a sus
necesidades. Al mismo tiempo se les debe prestar los necesarios apoyos, tanto al
alumnado que los requiera como a los centros en los que se encuentran escolarizados,
cve: BOE-A-2021-15394
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 228