III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2021-15396)
Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa de financiación de libros de texto y materiales didácticos en el ejercicio presupuestario 2021.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116076
población a la que se dirige, impacto esperado, forma de ejecución, distribución
territorial, entidad ejecutora, período de ejecución y coste estimado.
– Facilitar al Ministerio de Educación y Formación Profesional todos los datos
necesarios para el seguimiento y evaluación del programa, así como para la elaboración
de las estadísticas para fines estatales.
– Remitir al Ministerio de Educación y Formación Profesional, antes del 31 de marzo
de 2023, el estado de ejecución y certificación de control de fondos, de acuerdo con el
artículo 86.2 séptima y octava de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, así como la documentación justificativa establecida en la normativa
nacional aplicable a los créditos transferidos.
– Hacer constar en todas las actuaciones del programa y difundir, en cualquier
ámbito, la participación del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Así, en
todas las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y
notificación de este programa derivadas de la aportación del Estado a las Comunidades
Autónomas, éstas deberán hacer constar expresamente la colaboración del Ministerio y
la mención expresa: «Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional» así como incorporar el logo institucional del Ministerio de Educación y
Formación Profesional.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional se compromete a:
cve: BOE-A-2021-15396
Verificable en https://www.boe.es
– Financiar las actuaciones necesarias para cumplir los objetivos del presente
Programa de acuerdo con los criterios de distribución aprobados en el seno de la
Conferencia Sectorial de Educación.
– Mantener una estructura de coordinación que colaborará con el responsable de
cada Comunidad Autónoma en el apoyo y seguimiento del programa «Libros de texto y
materiales didácticos».
– Realizar el seguimiento de las actuaciones del programa «Libros de texto y
materiales didácticos» en colaboración con las Comunidades Autónomas.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 228
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116076
población a la que se dirige, impacto esperado, forma de ejecución, distribución
territorial, entidad ejecutora, período de ejecución y coste estimado.
– Facilitar al Ministerio de Educación y Formación Profesional todos los datos
necesarios para el seguimiento y evaluación del programa, así como para la elaboración
de las estadísticas para fines estatales.
– Remitir al Ministerio de Educación y Formación Profesional, antes del 31 de marzo
de 2023, el estado de ejecución y certificación de control de fondos, de acuerdo con el
artículo 86.2 séptima y octava de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, así como la documentación justificativa establecida en la normativa
nacional aplicable a los créditos transferidos.
– Hacer constar en todas las actuaciones del programa y difundir, en cualquier
ámbito, la participación del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Así, en
todas las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y
notificación de este programa derivadas de la aportación del Estado a las Comunidades
Autónomas, éstas deberán hacer constar expresamente la colaboración del Ministerio y
la mención expresa: «Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional» así como incorporar el logo institucional del Ministerio de Educación y
Formación Profesional.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional se compromete a:
cve: BOE-A-2021-15396
Verificable en https://www.boe.es
– Financiar las actuaciones necesarias para cumplir los objetivos del presente
Programa de acuerdo con los criterios de distribución aprobados en el seno de la
Conferencia Sectorial de Educación.
– Mantener una estructura de coordinación que colaborará con el responsable de
cada Comunidad Autónoma en el apoyo y seguimiento del programa «Libros de texto y
materiales didácticos».
– Realizar el seguimiento de las actuaciones del programa «Libros de texto y
materiales didácticos» en colaboración con las Comunidades Autónomas.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X