II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil. (BOE-A-2021-15329)
Resolución de 16 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de septiembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 115555

3. Tercer ejercicio.
4. Primer ejercicio.
5. Segundo ejercicio.
3. Periodo de prácticas. Una vez superado el curso selectivo los aspirantes
continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la fecha de publicación en
el BOE de los nombramientos como funcionarios de carrera del Cuerpo Especial
Facultativo de Marina Civil.
Los funcionarios en prácticas dependerán de la Subdirección General de Recursos
Humanos y realizarán un periodo de prácticas que no tendrá incidencia para la
determinación de la calificación del proceso selectivo.
Durante este periodo de prácticas, que tendrá una duración máxima de tres meses,
se propondrá el ejercicio de tareas genéricas y variadas que tengan como finalidad
primordial la adquisición de conocimientos prácticos para el ejercicio de las funciones
propias del Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil bajo la supervisión de un tutor
designado a tal efecto. En ningún caso, se podrá encomendar la realización de funciones
propias de un puesto de trabajo.
La asistencia a las prácticas programadas será obligatoria. El incumplimiento de este
requisito dará lugar a la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo, el periodo de prácticas o ninguno de
los dos por embarazo de riesgo, parto o alguna causa de fuerza mayor debidamente
justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,
intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al
empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los
correspondientes procesos selectivos. Estarán exentos de la realización de aquellas
pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que
tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos
de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Deberá solicitarse la mencionada exención con anterioridad al último día del plazo de
presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará
acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como
certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado
aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real
Decreto 182/1993, de 5 de febrero.
ANEXO II
Programa Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil
Epígrafe I: Organización y funcionamiento de la Administración
1. La Constitución Española de 1978. Estructura, principios constitucionales y
valores superiores. Los derechos y libertades fundamentales. La reforma constitucional.
2. La estructura de poderes del Estado. Poder legislativo, poder ejecutivo y poder
judicial. La Corona.
3. Fuentes del ordenamiento jurídico administrativo. La Constitución. Los tratados
internacionales. La ley. El reglamento. Otras fuentes del derecho administrativo.
4. La Administración General del Estado. Órganos superiores y órganos directivos.
La organización central. La organización periférica. Delegados y Subdelegados del
Gobierno. Especial referencia al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
5. Las Comunidades Autónomas. El proceso autonómico y el sistema de
distribución de competencias entre la Administración General del Estado y las
Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía y la organización institucional de
las Comunidades Autónomas. La Administración Local: entidades que la integran.

cve: BOE-A-2021-15329
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Núm. 227