II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-15331)
Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de septiembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 115583

9.3 Los nombramientos serán igualmente comunicados al correspondiente Registro
a efectos de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en los
cuerpos respectivos, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y de la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha, y comunicados a la Secretaría General del Consejo de
Coordinación Universitaria.
9.4 El nombramiento especificará la denominación de la plaza: cuerpo y área de
conocimiento.
9.5 En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto
deberá tomar posesión de su destino, momento en que adquirirá la condición de
funcionario del cuerpo docente universitario de que se trate, con los derechos y deberes
que le son propios. En los supuestos de embarazo de riesgo, baja por maternidad o
paternidad, el plazo señalado para la toma de posesión podrá ser ampliado hasta que
cese la causa que motivara la imposibilidad del candidato para tomar posesión.
9.6 La plaza obtenida tras el concurso de acceso a que se refiere la presente
convocatoria deberá desempeñarse al menos durante dos años, antes de poder
participar en un nuevo concurso a efectos de obtener una plaza de igual categoría y de
la misma área de conocimiento en la misma o en otra Universidad.
9.7 Los concursantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados para la
plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes.
10.

Comisión de Reclamaciones

10.1 Contra la propuesta de la Comisión, los candidatos podrán presentar
reclamación ante el Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha, en el plazo máximo
de diez días, a contar desde el siguiente al de concluir la actuación de la Comisión.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento para la plaza
afectada por la reclamación, hasta su resolución.
10.2 Dicha reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones de la
Universidad de Castilla-La Mancha, designada en la forma establecida en sus Estatutos.
10.3 La Comisión de Reclamaciones estará presidida por el Catedrático/a de
Universidad más antiguo y ejercerá las funciones de Secretario/a el Catedrático/a de
Universidad con menor antigüedad.
10.4 La Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros de la Comisión contra
cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación, y a los candidatos que hubieran
participado en las mismas.
10.5 La Comisión de Reclamaciones examinará el expediente relativo al concurso
para velar por las garantías establecidas y ratificará o no la propuesta en el plazo
máximo de tres meses, tras lo que el Rector/a dictará la resolución de acuerdo con la
propuesta de la Comisión. El transcurso del plazo establecido sin resolver se entenderá
como rechazo de la reclamación presentada.
11.

Presentación de documentos

11.1 Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en el
Registro General de la Universidad, en el plazo establecido en el apartado 9.2 de la
presente convocatoria, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas los siguientes documentos:
a) Título académico requerido para la plaza que ha sido propuesto.
b) Declaración jurada de no haber sido separado de ninguna Administración
Pública en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
las funciones docentes y asistenciales.
c) Declaración jurada o promesa de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas. Las y los aspirantes que tengan la condición de persona con

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Núm. 227