I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2021-15313)
Real Decreto 808/2021, de 21 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 115515
En su virtud, a iniciativa del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, a propuesta de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de septiembre de 2021,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Se modifica el artículo 1 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, que queda
redactado del siguiente modo:
«Artículo 1. Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
1. El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación se
estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales, de la que
dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Política Exterior y de Seguridad.
2.º La Dirección General de Naciones Unidas, Organismos Internacionales y
Derechos Humanos.
3.º La Dirección General para el Magreb, Mediterráneo y Oriente Próximo.
4.º La Dirección General para África.
5.º La Dirección General para América del Norte, Europa Oriental, Asia y
Pacífico.
B) La Secretaría de Estado para la Unión Europea, de la que dependen los
siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General para la Unión Europea, con rango de
Subsecretaría, de la que a su vez dependen los siguientes órganos directivos:
a) La Dirección General de Integración y Coordinación de Asuntos Generales
de la Unión Europea.
b) La Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras
Políticas Comunitarias.
2.º La Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa.
C) La Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el
Mundo, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General para Iberoamérica y el Caribe.
2.º La Dirección General del Español en el Mundo.
D) La Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, de la que depende
la Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible.
E) La Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación,
de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General Técnica.
2.º La Dirección General del Servicio Exterior.
3.º La Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos
Consulares.
4.º La Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes.
cve: BOE-A-2021-15313
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 227
Miércoles 22 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 115515
En su virtud, a iniciativa del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, a propuesta de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de septiembre de 2021,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Se modifica el artículo 1 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, que queda
redactado del siguiente modo:
«Artículo 1. Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
1. El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación se
estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales, de la que
dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Política Exterior y de Seguridad.
2.º La Dirección General de Naciones Unidas, Organismos Internacionales y
Derechos Humanos.
3.º La Dirección General para el Magreb, Mediterráneo y Oriente Próximo.
4.º La Dirección General para África.
5.º La Dirección General para América del Norte, Europa Oriental, Asia y
Pacífico.
B) La Secretaría de Estado para la Unión Europea, de la que dependen los
siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General para la Unión Europea, con rango de
Subsecretaría, de la que a su vez dependen los siguientes órganos directivos:
a) La Dirección General de Integración y Coordinación de Asuntos Generales
de la Unión Europea.
b) La Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras
Políticas Comunitarias.
2.º La Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa.
C) La Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el
Mundo, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General para Iberoamérica y el Caribe.
2.º La Dirección General del Español en el Mundo.
D) La Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, de la que depende
la Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible.
E) La Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación,
de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General Técnica.
2.º La Dirección General del Servicio Exterior.
3.º La Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos
Consulares.
4.º La Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes.
cve: BOE-A-2021-15313
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 227