III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2021-15338)
Orden APA/988/2021, de 7 de septiembre, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de ajo al aire libre, en la Península y en la Comunidad Autónoma de Illes Balears, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 227

Miércoles 22 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 115670

c) Dependiendo del material de los postes, deberá disponer al menos uno cada 50 m2,
si son metálicos o de madera y uno cada 30 m2 si son de hormigón.
d) El anclaje será por tensores o vientos, desde el extremo de los postes
perimetrales, sujetos a cabillas de material metálico corrugado clavados a una
profundidad mínima de 130 cm no obstante, si el terreno tuviera una estructura ligera se
deberán duplicar los tensores.
e) En cualquiera de los casos, deberán estar dimensionados para poder soportar
un mínimo de 2.500 kg de tracción.
f) Deberán disponer de elementos separadores, en los postes perimetrales a fin de
evitar el rajado de la malla.
2.

Cabezal de riego:

Serán asegurables únicamente estas instalaciones si cuentan con una edad igual o
inferior a 20 años.
Particularmente, las bombas y motores serán asegurables si tienen una edad igual o
inferior a 10 años.
3.

Red de riego localizado:

Serán asegurables únicamente estas instalaciones si cuentan con una edad igual o
inferior a 20 años.
Particularmente, las bombas y motores serán asegurables si tienen una edad igual o
inferior a 10 años.
Para que las instalaciones que hayan superado la edad especificada anteriormente,
puedan ser asegurables, será necesario aportar una certificación emitida por un técnico
competente, y visado por el colegio profesional correspondiente, en el que se indique
que, aun habiendo superado dicha edad, cumple las características mínimas
establecidas en este anexo. Esta certificación tendrá una validez de dos años.
ANEXO III
Ámbito, riesgo de helada, finalización del periodo de suscripción y fechas límites
de garantías
Provincia/comarca

Riesgo
Finalización periodo
Fecha límite
de helada
Suscripción (1)
de Garantías (1)
cubierto

Cádiz.



31 enero

Resto de provincias.

No

31 enero

Aragón.

Teruel.



15 enero

Castilla La Mancha.

Todas.

No

31 enero

Cataluña.

Tarragona.



15 enero

Cáceres.

No

31 enero

Badajoz.



15 enero

Illes Balears.

Illes Balears.



15 enero

Resto del ámbito.

Resto de provincias.

No

1 marzo

Andalucía.

Extremadura.

(1)

Las fechas se corresponden con el año siguiente al inicio de suscripción.

31 julio

cve: BOE-A-2021-15338
Verificable en https://www.boe.es

Comunidad autónoma