II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-15289)
Resolución de 8 de septiembre de 2021, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Básica de Informática (Subgrupo C1).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 115420
lugar de realización de las pruebas cuando se hayan iniciado o no se presenta, aunque
sea por causa justificada, perderá su derecho.
Las personas que integran el órgano técnico de selección y el personal colaborador no
permitirán el acceso a las salas donde se realicen los ejercicios a aquellas personas
aspirantes que no cumplan los requisitos anteriores, ni a aquellas que comparezcan
después de que se haya acabado el llamamiento de las personas aspirantes convocadas.
No obstante, cuando se trate de pruebas orales u otras de carácter individual y
sucesivo, el órgano técnico de selección podrá considerar las causas alegadas y admitir
a la persona aspirante, siempre que estas pruebas no hayan finalizado y esta admisión
no menoscabe el principio de igualdad con el resto de personas aspirantes.
5.5 Después de cada prueba, el órgano técnico de selección, ha de anunciar con
una antelación mínima de dos días, la realización de la siguiente en el tablón oficial de
anuncios electrónicos de la UVEG (https://webges.uv.es/uvtaeweb/) y, con carácter
meramente informativo, en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), en la
dirección: https://www.uv.es/pas.
5.6 Si en cualquier momento del proceso selectivo llega a conocimiento del órgano
técnico de selección que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los
requisitos exigidos en esta convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, se le
requerirá que acredite dichos requisitos. Si la persona aspirante no los acredita en el plazo de
diez días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento, el órgano técnico de selección
propondrá su exclusión de las pruebas, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas
por la persona aspirante al órgano convocante, el cual, tras las verificaciones oportunas,
dictará resolución motivada de exclusión de la citada persona, en las pruebas selectivas.
5.7 La Universitat implementará todas las medidas necesarias para facilitar la
realización de las pruebas selectivas a aquellas aspirantes embarazadas o en situación
de parto inminente o reciente. Si por causas de fuerza mayor, debidamente justificadas,
no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, su
situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases
que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se
menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el órgano técnico de
selección. En todo caso, la realización de las pruebas tendrá lugar antes de la
publicación de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Idéntica previsión resulta de aplicación a las víctimas de violencia de género cuando
acrediten debidamente que no pueden asistir por motivos de seguridad.
Sexta. Información y actuaciones del órgano técnico de selección.
6.1 Toda la información que sea necesario comunicar a las personas aspirantes,
como la lista de personas aprobadas en cada uno de los ejercicios, la valoración de los
méritos y cualquier otro anuncio que el órgano técnico de selección estime pertinente, se
publicará en el tablón oficial de anuncios electrónicos de la UVEG (https://webges.uv.es/
uvTaeWeb/), en el apartado de personal de administración y servicios y, con carácter
meramente informativo, en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), cuya
dirección es: https://www.uv.es/pas.
6.2 Una vez finalizadas ambas fases del proceso selectivo de concurso-oposición,
se procederá a obtener la lista de personas aspirantes aprobadas que hayan superado la
fase de oposición, a la que se le sumará la puntuación obtenida en la fase de concurso.
Con el resultado de las calificaciones obtenidas, el órgano técnico de selección
expondrá la relación definitiva de personas aprobadas por orden de puntuación y
elaborará una lista con el nombre de todas las personas aspirantes que han superado el
proceso selectivo, por orden de puntuación, que se interrumpirá cuando el número de
personas aprobadas coincida con el número de puestos convocados.
6.3 Si en la elaboración de la citada lista se produjera un empate entre la
puntuación de las personas aprobadas, el orden se establecerá atendiendo a lo que
cve: BOE-A-2021-15289
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 226
Martes 21 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 115420
lugar de realización de las pruebas cuando se hayan iniciado o no se presenta, aunque
sea por causa justificada, perderá su derecho.
Las personas que integran el órgano técnico de selección y el personal colaborador no
permitirán el acceso a las salas donde se realicen los ejercicios a aquellas personas
aspirantes que no cumplan los requisitos anteriores, ni a aquellas que comparezcan
después de que se haya acabado el llamamiento de las personas aspirantes convocadas.
No obstante, cuando se trate de pruebas orales u otras de carácter individual y
sucesivo, el órgano técnico de selección podrá considerar las causas alegadas y admitir
a la persona aspirante, siempre que estas pruebas no hayan finalizado y esta admisión
no menoscabe el principio de igualdad con el resto de personas aspirantes.
5.5 Después de cada prueba, el órgano técnico de selección, ha de anunciar con
una antelación mínima de dos días, la realización de la siguiente en el tablón oficial de
anuncios electrónicos de la UVEG (https://webges.uv.es/uvtaeweb/) y, con carácter
meramente informativo, en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), en la
dirección: https://www.uv.es/pas.
5.6 Si en cualquier momento del proceso selectivo llega a conocimiento del órgano
técnico de selección que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los
requisitos exigidos en esta convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, se le
requerirá que acredite dichos requisitos. Si la persona aspirante no los acredita en el plazo de
diez días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento, el órgano técnico de selección
propondrá su exclusión de las pruebas, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas
por la persona aspirante al órgano convocante, el cual, tras las verificaciones oportunas,
dictará resolución motivada de exclusión de la citada persona, en las pruebas selectivas.
5.7 La Universitat implementará todas las medidas necesarias para facilitar la
realización de las pruebas selectivas a aquellas aspirantes embarazadas o en situación
de parto inminente o reciente. Si por causas de fuerza mayor, debidamente justificadas,
no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, su
situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases
que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se
menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el órgano técnico de
selección. En todo caso, la realización de las pruebas tendrá lugar antes de la
publicación de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Idéntica previsión resulta de aplicación a las víctimas de violencia de género cuando
acrediten debidamente que no pueden asistir por motivos de seguridad.
Sexta. Información y actuaciones del órgano técnico de selección.
6.1 Toda la información que sea necesario comunicar a las personas aspirantes,
como la lista de personas aprobadas en cada uno de los ejercicios, la valoración de los
méritos y cualquier otro anuncio que el órgano técnico de selección estime pertinente, se
publicará en el tablón oficial de anuncios electrónicos de la UVEG (https://webges.uv.es/
uvTaeWeb/), en el apartado de personal de administración y servicios y, con carácter
meramente informativo, en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), cuya
dirección es: https://www.uv.es/pas.
6.2 Una vez finalizadas ambas fases del proceso selectivo de concurso-oposición,
se procederá a obtener la lista de personas aspirantes aprobadas que hayan superado la
fase de oposición, a la que se le sumará la puntuación obtenida en la fase de concurso.
Con el resultado de las calificaciones obtenidas, el órgano técnico de selección
expondrá la relación definitiva de personas aprobadas por orden de puntuación y
elaborará una lista con el nombre de todas las personas aspirantes que han superado el
proceso selectivo, por orden de puntuación, que se interrumpirá cuando el número de
personas aprobadas coincida con el número de puestos convocados.
6.3 Si en la elaboración de la citada lista se produjera un empate entre la
puntuación de las personas aprobadas, el orden se establecerá atendiendo a lo que
cve: BOE-A-2021-15289
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