I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2021-15243)
Instrumento de Ratificación del Acuerdo para la terminación de los tratados bilaterales de inversión entre los Estados miembros de la Unión Europea, hecho en Bruselas el 5 de mayo de 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226

Martes 21 de septiembre de 2021

Sec. I. Pág. 115282

mejora de los instrumentos y sistemas existentes o la creación de otros nuevos, entre
otros un sistema eficaz para la resolución de controversia sobre inversiones.
Países Bajos:
En el asunto C-284/16 Achmea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
declaró que los artículos 267 y 344 del TFUE habían de interpretarse en el sentido de
suprimir las cláusulas de arbitraje entre inversores y Estados en los tratados bilaterales
de inversión entre Estados miembros. De conformidad con dicha sentencia, el presente
Acuerdo dispone la terminación de los tratados (bilaterales) de inversión entre Estados
miembros de la Unión Europea.
El Reino de los Países Bajos señala que ha celebrado tratados bilaterales de
inversión aplicables a una o varias de las partes constitutivas del Reino. El Reino de los
Países Bajos es de la opinión de que la sentencia Achmea del TJUE es únicamente
aplicable a los tratados bilaterales de inversión entre Estados miembros de la Unión
Europea en lo que respecta a la parte europea del Reino, no siendo de aplicación a los
tratados bilaterales de inversión relativos a la parte antillana del Reino, constituida por
países y territorios de ultramar. El presente Acuerdo dispone la terminación de los
tratados (bilaterales) de inversión aplicables a todas las partes constitutivas del Reino de
los Países Bajos. El Reino de los Países Bajos desea subrayar que la sentencia Achmea
del TJUE no obligaba al Reino de los Países Bajos a terminar los tratados bilaterales de
inversión aplicables a los países y territorios de ultramar, y que la decisión de proceder a
dicha terminación se adoptó con independencia de la sentencia Achmea del TJUE.
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cve: BOE-A-2021-15243
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Madrid, 13 de septiembre de 2021.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X