III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Deporte escolar. (BOE-A-2021-15238)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan los Campeonatos de España en edad escolar por selecciones autonómicas para el año 2022 y se establece el procedimiento para su desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115216
hayan de tenerse en cuenta y el cumplimiento al respecto de toda la normativa estatal o
autonómica que puedan ser de aplicación a los CESA 2022.
2. En los CESA para el año 2022 podrán participar las Comunidades Autónomas y
Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla a través de equipos de selecciones
autonómicas, de acuerdo con lo regulado en esta convocatoria y en las correspondientes
Normas Generales de Organización anteriormente mencionadas. Las Comunidades
Autónomas y las Ciudades Autónomas que deseen tomar parte en las competiciones
convocadas deberán comunicar a la organización, a petición de esta y con el fin de
facilitar los trámites organizativos, todos los datos que les soliciten en su momento.
3. Las selecciones participantes no están obligadas al pago de ninguna cuota como
concepto de inscripción y/o participación en los CESA convocados por el CSD.
4. La imagen de los CESA es propiedad del CSD y no se podrá ceder a terceros sin
su consentimiento. Las FFDDEE organizadoras deberán salvaguardar la imagen
corporativa del CSD y de los CESA en todo tipo de documentación o soportes gráficos
que elaboren respecto a su desarrollo, que deberá aparecer siempre de forma
preeminente en los mismos, así como reservar zonas preferentes en las instalaciones
deportivas, zonas de competición y de entrega de premios para la colocación de su
logotipo oficial. El CSD podrá proporcionar a las FFDDEE organizadoras los parámetros
y/o plataformas digitales a tener en cuenta para poder cumplir con este precepto.
5. Tanto el CSD como las FFDDEE deben garantizar en el desarrollo de los CESA
el cumplimiento de todos los preceptos regulados por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así
como por el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo sobre protección de datos, y
cualquier normativa vigente que afecte a este ámbito, máxime tratándose en el caso de
los deportistas de menores de edad.
En las Normas Generales de Organización de los CESA 2022 que se dicten para
desarrollar los preceptos establecidos en esta convocatoria, se establecerá el
procedimiento y normativa aplicable para recabar el consentimiento de uso de las
imágenes de los participantes en las competiciones, así como su posible uso, términos y
condiciones del mismo, con la exclusiva finalidad de promocionar el deporte en cuestión
a nivel nacional.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y su normativa de desarrollo,
tanto el CSD como las FFDDEE se abstendrán de cualquier tipo de tratamiento de los
datos personales de que dispongan como consecuencia de esta convocatoria,
exceptuando los que sean estrictamente necesarios para las finalidades de la misma.
En este sentido se comprometen especialmente, a no ceder a terceros los datos
mencionados o los archivos que los contengan, así como a guardar estricta
confidencialidad sobre los mismos.
6. El CSD aportará las medallas y trofeos para los premiados en cada competición,
que reflejarán los datos del campeonato del que se trate. En el caso de aquellas
competiciones que pudieran llegar a celebrarse antes de que sea viable por los plazos
administrativos que el CSD pueda aportarlos, la propia FDE organizadora será la
responsable de su suministro.
7. Las FFDDEE deberán garantizar que las instalaciones deportivas y/o zonas de
competición que proponen en sus proyectos de organización de los CESA tengan en
vigor una póliza de responsabilidad civil que cubra las contingencias que pudieran ocurrir
durante la celebración de los mismos.
El CSD suscribirá una póliza de responsabilidad civil subsidiaria respecto de los
miembros de las selecciones autonómicas participantes, jueces y árbitros de la
competición y personal de la organización debidamente acreditada, que les cubra en el
ámbito de su actuación y durante la realización de las actividades dentro del mismo.
Dada la excepcionalidad de esta convocatoria en cuanto a los plazos no habituales de
publicación de la misma, dicho seguro solo cubrirá aquellas competiciones que se
celebren tras la formalización del contrato con la empresa adjudicatarias.
cve: BOE-A-2021-15238
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 225
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115216
hayan de tenerse en cuenta y el cumplimiento al respecto de toda la normativa estatal o
autonómica que puedan ser de aplicación a los CESA 2022.
2. En los CESA para el año 2022 podrán participar las Comunidades Autónomas y
Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla a través de equipos de selecciones
autonómicas, de acuerdo con lo regulado en esta convocatoria y en las correspondientes
Normas Generales de Organización anteriormente mencionadas. Las Comunidades
Autónomas y las Ciudades Autónomas que deseen tomar parte en las competiciones
convocadas deberán comunicar a la organización, a petición de esta y con el fin de
facilitar los trámites organizativos, todos los datos que les soliciten en su momento.
3. Las selecciones participantes no están obligadas al pago de ninguna cuota como
concepto de inscripción y/o participación en los CESA convocados por el CSD.
4. La imagen de los CESA es propiedad del CSD y no se podrá ceder a terceros sin
su consentimiento. Las FFDDEE organizadoras deberán salvaguardar la imagen
corporativa del CSD y de los CESA en todo tipo de documentación o soportes gráficos
que elaboren respecto a su desarrollo, que deberá aparecer siempre de forma
preeminente en los mismos, así como reservar zonas preferentes en las instalaciones
deportivas, zonas de competición y de entrega de premios para la colocación de su
logotipo oficial. El CSD podrá proporcionar a las FFDDEE organizadoras los parámetros
y/o plataformas digitales a tener en cuenta para poder cumplir con este precepto.
5. Tanto el CSD como las FFDDEE deben garantizar en el desarrollo de los CESA
el cumplimiento de todos los preceptos regulados por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así
como por el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo sobre protección de datos, y
cualquier normativa vigente que afecte a este ámbito, máxime tratándose en el caso de
los deportistas de menores de edad.
En las Normas Generales de Organización de los CESA 2022 que se dicten para
desarrollar los preceptos establecidos en esta convocatoria, se establecerá el
procedimiento y normativa aplicable para recabar el consentimiento de uso de las
imágenes de los participantes en las competiciones, así como su posible uso, términos y
condiciones del mismo, con la exclusiva finalidad de promocionar el deporte en cuestión
a nivel nacional.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y su normativa de desarrollo,
tanto el CSD como las FFDDEE se abstendrán de cualquier tipo de tratamiento de los
datos personales de que dispongan como consecuencia de esta convocatoria,
exceptuando los que sean estrictamente necesarios para las finalidades de la misma.
En este sentido se comprometen especialmente, a no ceder a terceros los datos
mencionados o los archivos que los contengan, así como a guardar estricta
confidencialidad sobre los mismos.
6. El CSD aportará las medallas y trofeos para los premiados en cada competición,
que reflejarán los datos del campeonato del que se trate. En el caso de aquellas
competiciones que pudieran llegar a celebrarse antes de que sea viable por los plazos
administrativos que el CSD pueda aportarlos, la propia FDE organizadora será la
responsable de su suministro.
7. Las FFDDEE deberán garantizar que las instalaciones deportivas y/o zonas de
competición que proponen en sus proyectos de organización de los CESA tengan en
vigor una póliza de responsabilidad civil que cubra las contingencias que pudieran ocurrir
durante la celebración de los mismos.
El CSD suscribirá una póliza de responsabilidad civil subsidiaria respecto de los
miembros de las selecciones autonómicas participantes, jueces y árbitros de la
competición y personal de la organización debidamente acreditada, que les cubra en el
ámbito de su actuación y durante la realización de las actividades dentro del mismo.
Dada la excepcionalidad de esta convocatoria en cuanto a los plazos no habituales de
publicación de la misma, dicho seguro solo cubrirá aquellas competiciones que se
celebren tras la formalización del contrato con la empresa adjudicatarias.
cve: BOE-A-2021-15238
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 225