III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-15216)
Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica el Convenio con el Consorcio Centro Internacional de Métodos Numéricos en Ingeniería y la Universidad Politécnica de Cataluña, para la financiación de ayudas doctorales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115042
Las partes que intervienen expresan su compromiso de cumplir con las obligaciones
respectivas de buena fe y llevar a buen término todas y cada una de las negociaciones
que sean necesarias para cumplir este acuerdo de forma satisfactoria para todas las
partes.
Cualquier controversia que se derive de la interpretación, cumplimiento o ejecución
de los acuerdos de este convenio se resolverá de mutuo acuerdo entre las partes, en el
seno de la Comisión de seguimiento.
Cuando no sea posible llegar a ningún acuerdo, se someterán a la jurisdicción y
competencia del orden Contencioso-Administrativo de los tribunales de Barcelona, sobre
cualquier cuestión que pudiera surgir entre las partes sobre la interpretación o el
cumplimiento de los pactos contenidos en el presente Convenio; renunciando a cualquier
otro fuero que les pudiera corresponder.
Decimoctava. Conflicto de interpretación.
El presente convenio se firma en catalán y castellano. En caso de discrepancia o
conflicto de interpretación, prevalece la versión redactada en castellano.
Y, en prueba de conformidad, las Partes firman este convenio en Barcelona.–El Rector
de la UPC, Prof. Daniel Crespo i Artiaga.–El Presidente del Puerto de Barcelona, Damià
Calvet i Valera.–El Vicepresidente Ejecutivo de CIMNE, Prof. Eugenio Oñate Ibáñez de
Navarra.
ANEXO I
El CIMNE realizará un seguimiento anual del proyecto de tesis basado en la
presentación de los entregables siguientes:
cve: BOE-A-2021-15216
Verificable en https://www.boe.es
1. Un resumen del estado de la investigación anual.
2. Un informe parcial.
3. La memoria de la tesis.
4. Información del número publicaciones de artículos científicos relacionados con
las investigaciones que esté llevando a cabo para la tesis doctoral para ese periodo
(aportando los datos de la publicación).
5. Información del número de artículos divulgativos publicados y White Papers en el
Blog de Innovación del Puerto de Barcelona para ese periodo (aportando los datos de la
publicación)
6. Información del número de congresos nacionales e internacionales durante la
duración del contrato (aportando los datos del congreso) para ese periodo.
7. Información del número de proyectos de investigación e innovación (españoles o
internacionales) en los cuáles participen conjuntamente el Puerto de Barcelona y el
grupo de investigación CENIT del CIMNE, relacionados con área de investigación en los
que ha colaborado (aportando los datos del proyecto de investigación) para ese periodo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 225
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115042
Las partes que intervienen expresan su compromiso de cumplir con las obligaciones
respectivas de buena fe y llevar a buen término todas y cada una de las negociaciones
que sean necesarias para cumplir este acuerdo de forma satisfactoria para todas las
partes.
Cualquier controversia que se derive de la interpretación, cumplimiento o ejecución
de los acuerdos de este convenio se resolverá de mutuo acuerdo entre las partes, en el
seno de la Comisión de seguimiento.
Cuando no sea posible llegar a ningún acuerdo, se someterán a la jurisdicción y
competencia del orden Contencioso-Administrativo de los tribunales de Barcelona, sobre
cualquier cuestión que pudiera surgir entre las partes sobre la interpretación o el
cumplimiento de los pactos contenidos en el presente Convenio; renunciando a cualquier
otro fuero que les pudiera corresponder.
Decimoctava. Conflicto de interpretación.
El presente convenio se firma en catalán y castellano. En caso de discrepancia o
conflicto de interpretación, prevalece la versión redactada en castellano.
Y, en prueba de conformidad, las Partes firman este convenio en Barcelona.–El Rector
de la UPC, Prof. Daniel Crespo i Artiaga.–El Presidente del Puerto de Barcelona, Damià
Calvet i Valera.–El Vicepresidente Ejecutivo de CIMNE, Prof. Eugenio Oñate Ibáñez de
Navarra.
ANEXO I
El CIMNE realizará un seguimiento anual del proyecto de tesis basado en la
presentación de los entregables siguientes:
cve: BOE-A-2021-15216
Verificable en https://www.boe.es
1. Un resumen del estado de la investigación anual.
2. Un informe parcial.
3. La memoria de la tesis.
4. Información del número publicaciones de artículos científicos relacionados con
las investigaciones que esté llevando a cabo para la tesis doctoral para ese periodo
(aportando los datos de la publicación).
5. Información del número de artículos divulgativos publicados y White Papers en el
Blog de Innovación del Puerto de Barcelona para ese periodo (aportando los datos de la
publicación)
6. Información del número de congresos nacionales e internacionales durante la
duración del contrato (aportando los datos del congreso) para ese periodo.
7. Información del número de proyectos de investigación e innovación (españoles o
internacionales) en los cuáles participen conjuntamente el Puerto de Barcelona y el
grupo de investigación CENIT del CIMNE, relacionados con área de investigación en los
que ha colaborado (aportando los datos del proyecto de investigación) para ese periodo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X