I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Pagos en divisas. (BOE-A-2021-15176)
Resolución de 14 de septiembre de 2021, conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se regula el procedimiento de pagos a través del Cajero de Pagos en el exterior y de Pagos en divisas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de septiembre de 2021

FMT

Nombre

Sec. I. Pág. 114636

Observaciones / Valor del campo

A35
632-666

País Banco
Intermediario
Beneficiario.

Campo Opcional. País del Banco Intermediario del Beneficiario.

A2
667-668

Código País
Banco
Intermediario
Beneficiario.

Campo Opcional Código del País del Banco Intermediario del
Beneficiario según la codificación ISO 3166-1 alfa-2.

A34
669-702

Número de cuenta Campo opcional. Identifica la cuenta que el banco del beneficiario
en Banco
mantiene en el banco intermediario. No se dará este dato si no se
Intermediario.
utiliza el banco intermediario.

A3
703-705

Moneda.

Código de la Moneda en la que se efectuará el pago. Será una de
las incluidas en las Normas para el intercambio de soportes entre
el Banco de España y la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera.–Operaciones con el Exterior.

N13,2
706-720

Importe en
divisas.

Importe del pago en la divisa establecida en el campo Moneda.
El importe vendrá sin punto decimal. Será 0 para las propuestas
cuyos Tipos de pago sean 30, 31 o 32. Y vendrá relleno para
propuestas cuyos Tipos de pago sean 33, 34 o 35., excepto
cuando se trate de multianexos y de la moneda 978.
No se admiten valores negativos.
No todas las monedas permiten el empleo de decimales; en la
mayoría se aceptan hasta dos, pero en algunas no se acepta
ninguno. Cuando la moneda no permita decimales las dos últimas
posiciones deben ser cero. Se comprobará la coherencia entre los
decimales distintos de cero de este campo y la moneda. Ejemplo:
no se admitiría que un importe en yenes japoneses (moneda 392)
presente alguna cifra decimal distinta de cero.
Se comprobará la coherencia con el Tipo de Cambio.

N13,2
721-735

Importe en euros.

Importe del pago en la moneda doméstica (euros).
El importe vendrá sin punto decimal.
No se admiten valores negativos.

N6,6
736-747

Tipo de Cambio.

Obligatorio si el importe Divisas está relleno.
El importe vendrá sin punto decimal.
No se admite valores negativos.

N7
748-754

Clave de
autenticación.

Se determina según lo establecido por el algoritmo y las claves
que se suministran por la Dirección General de Tesoro y Política
Financiera a cada entidad usuaria del sistema.

N5
755-759

Número de
secuencia.

Se exigirá que este número sea consecutivo comenzando por el
número 1.

A1
760-760

Órgano AGE.

Los valores posibles son:
– S: El beneficiario es un órgano de la A.G.E.
– N: En caso contrario.

A14
761-774

NIF beneficiario.

Su formato es ES000 + NIF.
Obligatorio para personas físicas o jurídicas que tengan NIF/NIE
español.

A226
FILLER.
775-1000

Disponible para uso futuro.

cve: BOE-A-2021-15176
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 225