III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-15226)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo interdepartamental de colaboración entre el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa, para la adquisición de helicópteros ligeros.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115152
Los titulares de los datos personales podrán ejercitar ante el responsable o el
encargado del tratamiento de los datos personales los derechos de acceso, rectificación,
supresión y portabilidad de los datos personales, y de limitación u oposición al
tratamiento de los datos personales.
Si las partes intervinientes en el acuerdo destinasen los datos personales que
obtengan a consecuencia del mismo a otra finalidad, los comunicasen o utilizasen
incumpliendo lo estipulado en el acuerdo o en la normativa de protección de datos
personales, cada una de las partes intervinientes responderá de las responsabilidades
que deriven de los daños y perjuicios que causen, a fin de garantizar al perjudicado la
indemnización efectiva, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 82.5 del RGPD europeo.
Las garantías que, en orden a los datos personales, se establecen tendrán validez
durante la vigencia del acuerdo y de sus prórrogas.
Decimotercera.
Publicidad.
Las partes dan su consentimiento expreso a que se dé la publicidad a este Acuerdo
según lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Trasparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
cve: BOE-A-2021-15226
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente acuerdo en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicada.–La
Secretaria de Estado de Defensa, Esperanza Casteleiro Llamazares.–El Secretario de
Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 225
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115152
Los titulares de los datos personales podrán ejercitar ante el responsable o el
encargado del tratamiento de los datos personales los derechos de acceso, rectificación,
supresión y portabilidad de los datos personales, y de limitación u oposición al
tratamiento de los datos personales.
Si las partes intervinientes en el acuerdo destinasen los datos personales que
obtengan a consecuencia del mismo a otra finalidad, los comunicasen o utilizasen
incumpliendo lo estipulado en el acuerdo o en la normativa de protección de datos
personales, cada una de las partes intervinientes responderá de las responsabilidades
que deriven de los daños y perjuicios que causen, a fin de garantizar al perjudicado la
indemnización efectiva, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 82.5 del RGPD europeo.
Las garantías que, en orden a los datos personales, se establecen tendrán validez
durante la vigencia del acuerdo y de sus prórrogas.
Decimotercera.
Publicidad.
Las partes dan su consentimiento expreso a que se dé la publicidad a este Acuerdo
según lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Trasparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
cve: BOE-A-2021-15226
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente acuerdo en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicada.–La
Secretaria de Estado de Defensa, Esperanza Casteleiro Llamazares.–El Secretario de
Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X