III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-15233)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con el Instituto Complutense de Ciencias Musicales, para la realización de prácticas externas del Máster en Gestión Cultural: Música, Teatro y Danza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225

Lunes 20 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 115180

3. Fijar un plan de trabajo acorde al plan formativo fijado para el estudiante.
4. Emitir un informe al finalizar el período de prácticas, en el que se haga constar:
a. Tareas realizadas por el estudiante.
b. Número total de horas realizadas.
c. Valoración personal sobre la labor desempeñada por el estudiante.
d. Cualquier otro aspecto considerado relevante por el tutor.
5. Conceder un día libre, no recuperable, por examen de asignaturas de los
estudios cursados en el ICCMU y facilitar la asistencia del estudiante a las pruebas de
evaluación supervisadas por el tutor académico.
6. Cubrir los gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento que pudiera
generar la realización de prácticas cuando, en su caso, asistieran a actividades fuera de
la sede de las unidades del INAEM con cargo a su presupuesto y al crédito disponible.
Tercera.

Compromisos del ICCMU.

El ICCMU, en relación con las prácticas externas, asume los siguientes
compromisos:
1. Supervisar el desarrollo del proceso formativo, estableciendo los mecanismos
adecuados para su seguimiento y evaluación, nombrando un tutor académico que asuma
el asesoramiento metodológico y técnico del estudiante, así como el proceso de
evaluación.
2. Establecer los sistemas de evaluación adecuados a las prácticas externas y a los
estudiantes que en ellas participen.
3. Informar a los estudiantes que participen en el proceso formativo de los
compromisos que adquieren en virtud del presente Convenio.
4. Cubrir el correspondiente seguro de accidentes y/o a cuantos puedan resultar
obligatorios dentro del territorio nacional. En el caso de que el alumno para la realización
de sus prácticas debiera desplazarse fuera del territorio nacional, deberá ser el propio
alumno quien contrate un seguro multiasistencia de viaje.
Cuarta.

Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas.

– A la tutela, durante todo el período de duración de las prácticas, por un profesor
del ICCMU y por un profesional de la unidad donde realice la misma.
– A la evaluación de su desempeño de acuerdo con los criterios establecidos por la
el ICCMU.
– A la obtención de un informe de la actividad desarrollada, su duración su
rendimiento.
– A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación
reguladora de la materia.
– A ser informado en todo momento de la normativa de seguridad y prevención de
riesgos laborales.
– A conciliar, en el caso de los estudiantes con algún tipo de discapacidad, la
realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas
o conectadas con la situación de discapacidad.
– Aprovechar al máximo las posibilidades de práctica y formación que el INAEM les
brinda.
– Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente o en este Convenio de
Cooperación Educativa.

cve: BOE-A-2021-15233
Verificable en https://www.boe.es

Sin perjuicio de lo establecido en el RD 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas, de los estudiantes universitarios, durante la
realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los siguientes
derechos: