III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-15225)
Orden ICT/979/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas del "Programa ICEX Localiza" de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 115134

b) Anexo I: Declaraciones responsables del cumplimiento de los requisitos para
adquirir la condición de beneficiario y autorizaciones:
1.º Declara ser PYME, atendiendo a lo establecido en Anexo I del Reglamento (UE)
n.º 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014 por el que se determinan
categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, no pudiendo
presentar solicitud de ayuda empresas españolas no PYMES.
2.º Declara que la empresa solicitante no se encuentra incursa en alguna de las
prohibiciones del artículo 13 de la LGS.
3.º Declara que la empresa solicitante no es beneficiaria, como única empresa,
durante los tres últimos ejercicios fiscales (incluido el ejercicio en curso), de ayudas,
incentivos o subvenciones de cualquier organismo de ámbito estatal (incluido ICEX),
autonómico o local, sujetas al régimen de minimis cuyo importe global, sumado al de la
ayuda que ahora se solicita a ICEX, supere los 200.000 euros.
4.º Autoriza, en su caso, a ICEX para comprobar que la empresa se encuentra al
corriente de pagos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la
Seguridad Social mediante consulta directa a ambos organismos.
5.º Autoriza, en su caso, a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
(siempre que no lo hubiera hecho previamente), a que remita a ICEX información sobre
su comercio exterior, con lo que sistemáticamente se dispondrá de una información
actualizada que nos permitirá conocer mejor sus realizaciones de comercio exterior y
mantener permanentemente actualizadas nuestras bases de datos. Dicha autorización
puede asimismo cursarse directamente a través del Portal de ICEX en el siguiente link:
www.icex.es/siautorizaexporta.
6.º No encontrarse en situación de «empresa en crisis». Se considerará que una
empresa está en esta situación si concurre al menos una de las circunstancias descritas
en el párrafo 20 de la Comunicación de la Comisión Europea. Directrices sobre ayudas
estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis
(2014/C 249/01).
7.º Los beneficiarios de estas ayudas deberán estar al corriente del pago de las
obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos
anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
c) Copia del NIF de la empresa que solicita la ayuda.
d) Si se tratara de apoyo a filial ya constituida en el mercado objeto de la
implantación, la escritura de constitución de la filial objeto de apoyo o documentación
equivalente que acredite el porcentaje que la matriz posea en la misma, con la
correspondiente inscripción en el registro. Si se trata de una sucursal u oficina de
representación, se deberán presentar los documentos acreditativos de haberse
constituido dichas figuras. En el caso de compra de establecimientos ya creados en el
mercado de implantación, deberá presentarse la documentación acreditativa de la
operación de compra-venta por parte de la empresa solicitante y potencial beneficiaria de
la ayuda.
e) Si el proyecto presentado para su ayuda incluye una filial, sucursal u oficina de
representación en fase de constitución, la empresa deberá adjuntar a su solicitud
documentación acreditativa de haberse iniciado este proceso.
f) Memoria de la empresa solicitante lo más descriptiva posible donde al menos
aparezca domicilio social, capital social, facturación, exportación, principales referencias
etc.
g) Plan de negocio de su filial, sucursal o establecimiento permanente en el
exterior/proyecto de implantación en el exterior.
h) Certificación de la empresa solicitante donde queda constancia de que ha
remitido a la Oficina Económica y Comercial correspondiente su proyecto de
internacionalización en el mercado de implantación en el que se recoge su estrategia de

cve: BOE-A-2021-15225
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Núm. 225