III. Otras disposiciones. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2021-15242)
Acuerdo 99/2021, de 9 de septiembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la iglesia de Santo Tomás en Villanueva del Campo (Zamora), bien de interés cultural con categoría de monumento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225

Lunes 20 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 115278

Segundo.
Por su vinculación al inmueble, se incorporan al expediente de declaración, como
partes integrantes, el conjunto de bienes que se detallan en el anexo del presente
Acuerdo.
Tercero.
Delimitar el entorno de protección por la declaración:
El punto de inicio de la delimitación del entorno de protección se encuentra en la
calle Laguna frente a la divisoria de las parcelas 01 y 04 de la manzana catastral 09108
para continuar en sentido contrario a las agujas del reloj por la citada divisoria y la de las
parcelas 03 y 04 de la misma manzana, hasta salir a la calle Santo Tomás.
Cruza la calle Santo Tomás hasta la divisoria de las parcelas 09 y 06 de la manzana
catastral 09106. Continúa por el límite este de las parcelas 09, 07, 08 y 01 de la citada
manzana, que se incluyen en su totalidad.
Cruza la calle Pretiles hasta la divisoria de las parcelas 17 y 16 de la manzana
catastral 09119. Continúa por los límites este y norte de las parcelas 17 y 19 de esta
manzana, que se incluyen en su totalidad. A continuación, divide la parcela 03 de la
manzana catastral 09119 por la pared sur de la Residencia San Rufino, edificada en esta
parcela 03, hasta llegar al vértice noreste de la parcela 21 de la misma manzana. Sigue
por el límite norte de la parcela 21 hasta alcanzar el eje de la calle Barrero.
Gira en sentido sur para continuar por el eje de las calles Barrero y calle Honda, y
cruzar la calle Santo Tomás hasta la divisoria de las parcelas 08 y 10 de la manzana
catastral 08106. Sigue por el límite oeste de la parcela 10 cruzando la manzana 08106
hasta alcanzar el eje de la calle Procesiones. Gira en sentido oeste por continuar por el
eje de las calles Procesiones y Laguna hasta unir con el punto de inicio de esta
delimitación del entorno de protección.
Motivación:
Atendiendo a su ubicación exenta y elevada en el centro del casco urbano de
Villanueva del Campo, se delimita un entorno de protección que incluye el conjunto de
espacios públicos y parcelas con frente a la iglesia, ámbito que configura su entorno
inmediato, en el que cualquier intervención que se realice puede suponer una alteración
de las condiciones de percepción del bien o del propio carácter del espacio urbano.
Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un
mes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el
plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del
recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la
resolución expresa o presunta de aquel.

ANEXO
La iglesia de Santo Tomas en Villanueva del Campo (Zamora), es una construcción
gótica de una sola nave, crucero y cabecera poligonal. El edificio sorprende por sus
enormes proporciones y variedad de estilos al haber sido objeto de numerosas
intervenciones a lo largo de su historia, que han dejado una indiscutible huella en sus
fábricas.

cve: BOE-A-2021-15242
Verificable en https://www.boe.es

Valladolid, 9 de septiembre de 2021.–El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Alfonso Fernández Mañueco.–El Consejero de Cultura y Turismo, Javier Ortega Álvarez.