II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-15152)
Resolución de 9 de septiembre de 2021, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 114422
3.4 Documentación de los concursantes:
Junto con la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
a) Los/las aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a
participar, deberán presentar fotocopia compulsada o cotejada del documento que
acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de
parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del/de la nacional de otro
Estado con el/la que tengan dicho vínculo cuando esta circunstancia proceda. Así mismo,
en el supuesto de aquellos/as aspirantes que participen en las presentes pruebas
selectivas por su condición de cónyuges, deberán presentar, además de los documentos
señalados, declaración jurada o promesa de no hallarse separado/a de derecho de su
respectivo cónyuge.
b) Justificante original acreditativo del ingreso o transferencia bancaria, debidamente
diligenciado por la Entidad Bancaria, como justificante del abono de los derechos de
examen.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes no podrán ser aportados
documentos que avalen nuevos méritos no declarados inicialmente.
Las notificaciones se practicarán en el lugar señalado a efectos de notificación por
los/las aspirantes en sus solicitudes de participación, siendo responsabilidad exclusiva
del/de la concursante tanto los errores en la consignación del mismo como la
comunicación a la Administración de cualquier cambio de dicho lugar a efectos de
notificación.
4. Resolución de admisión
4.1 Dentro de los veinte días siguientes a la finalización del plazo de presentación de
solicitudes, el/la Vicerrector/a competente en la materia, por delegación del/de la Rector/a
de la Universidad de Salamanca, dictará resolución aprobando la lista provisional de
admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, que será publicada en el
BOCyL, y en el Tablón Oficial de Personal Docente e Investigador en la Sede Electrónica
de la Universidad de Salamanca, https://sede.usal.es/web/guest/tablon.
4.2 Contra esta resolución, los/las interesados/as podrán presentar reclamación ante
el/la Rector/a, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la
publicación en el BOCyL de la Resolución aludida en la base 4.1, o bien subsanar en
dicho plazo el defecto que haya motivado la exclusión u omisión en las relaciones de
admitidos y excluidos. Los/las aspirantes que, dentro del plazo señalado, no presenten
reclamación ni subsanen la exclusión u omisión producida, justificando su derecho a ser
incluidos/as en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos/as del proceso
selectivo.
4.3 Transcurrido el plazo de subsanación, el/la Vicerrector/a competente en la
materia, por delegación del/de la Rector/a de la Universidad de Salamanca, dictará
resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se publicarán en los
mismos lugares descritos anteriormente.
4.4 Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa y, consiguientemente, los/las
aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial
competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquél en que se
produzca la publicación en el BOCyL de la citada resolución. Potestativamente, podrán
interponer recurso de reposición ante el/la Rector/a en el plazo de un mes desde el día
siguiente a su publicación. En este caso, no podrán interponer el recurso contenciosoadministrativo antes mencionado, hasta la resolución expresa o desestimación presunta
del de reposición.
4.5 Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los/las
aspirantes que resulten definitivamente excluidos/as del concurso, realizándose el
cve: BOE-A-2021-15152
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 224
Sábado 18 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 114422
3.4 Documentación de los concursantes:
Junto con la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
a) Los/las aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a
participar, deberán presentar fotocopia compulsada o cotejada del documento que
acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de
parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del/de la nacional de otro
Estado con el/la que tengan dicho vínculo cuando esta circunstancia proceda. Así mismo,
en el supuesto de aquellos/as aspirantes que participen en las presentes pruebas
selectivas por su condición de cónyuges, deberán presentar, además de los documentos
señalados, declaración jurada o promesa de no hallarse separado/a de derecho de su
respectivo cónyuge.
b) Justificante original acreditativo del ingreso o transferencia bancaria, debidamente
diligenciado por la Entidad Bancaria, como justificante del abono de los derechos de
examen.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes no podrán ser aportados
documentos que avalen nuevos méritos no declarados inicialmente.
Las notificaciones se practicarán en el lugar señalado a efectos de notificación por
los/las aspirantes en sus solicitudes de participación, siendo responsabilidad exclusiva
del/de la concursante tanto los errores en la consignación del mismo como la
comunicación a la Administración de cualquier cambio de dicho lugar a efectos de
notificación.
4. Resolución de admisión
4.1 Dentro de los veinte días siguientes a la finalización del plazo de presentación de
solicitudes, el/la Vicerrector/a competente en la materia, por delegación del/de la Rector/a
de la Universidad de Salamanca, dictará resolución aprobando la lista provisional de
admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, que será publicada en el
BOCyL, y en el Tablón Oficial de Personal Docente e Investigador en la Sede Electrónica
de la Universidad de Salamanca, https://sede.usal.es/web/guest/tablon.
4.2 Contra esta resolución, los/las interesados/as podrán presentar reclamación ante
el/la Rector/a, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la
publicación en el BOCyL de la Resolución aludida en la base 4.1, o bien subsanar en
dicho plazo el defecto que haya motivado la exclusión u omisión en las relaciones de
admitidos y excluidos. Los/las aspirantes que, dentro del plazo señalado, no presenten
reclamación ni subsanen la exclusión u omisión producida, justificando su derecho a ser
incluidos/as en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos/as del proceso
selectivo.
4.3 Transcurrido el plazo de subsanación, el/la Vicerrector/a competente en la
materia, por delegación del/de la Rector/a de la Universidad de Salamanca, dictará
resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se publicarán en los
mismos lugares descritos anteriormente.
4.4 Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa y, consiguientemente, los/las
aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial
competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquél en que se
produzca la publicación en el BOCyL de la citada resolución. Potestativamente, podrán
interponer recurso de reposición ante el/la Rector/a en el plazo de un mes desde el día
siguiente a su publicación. En este caso, no podrán interponer el recurso contenciosoadministrativo antes mencionado, hasta la resolución expresa o desestimación presunta
del de reposición.
4.5 Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los/las
aspirantes que resulten definitivamente excluidos/as del concurso, realizándose el
cve: BOE-A-2021-15152
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 224