II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-15150)
Resolución de 6 de septiembre de 2021, de la Universidad Rovira i Virgili, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224
Sábado 18 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 114394
4.2 A la solicitud habrá que adjuntar los siguientes documentos que acrediten que
se reúnen los requisitos para participar en el presente concurso:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.
b) Fotocopia del documento que acredite estar acreditado o habilitado para el
cuerpo correspondiente.
c) Formulario de acreditación del conocimiento lingüístico del catalán junto con la
certificación acreditativa del nivel C de catalán o nivel equivalente, excepto que sea de
aplicación lo previsto en el párrafo segundo del punto 3b.
d) Justificante de ingreso en concepto de derechos de examen.
4.3
Derechos de examen:
En aplicación de lo establecido por la Ley 15/1997 y la orden GAH/83/2017, de 9 de
mayo, por la cual se da publicidad a las tasas vigentes el año 2017 correspondientes a
los procedimientos que gestiona el Departamento de Governació, Administracions
Públiques i Habitatge, las personas aspirantes deberán abonar en concepto de derechos
de examen la cantidad de 69,25 € al número de cuenta corriente de la Universitat Rovira
i Virgili, BBVA IBAN: ES 5701 8260 35 4102 0161 8358, SWIFT: BBVAESMM,
especificando el nombre y apellidos, NIF y el código de la plaza a la cual concursa.
Exenciones:
Estarán exentas del pago de la tasa, con justificación documental previa, las
personas en situación de desocupación que no perciban ninguna prestación económica,
las personas jubiladas y las que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.
Para acreditar la situación de desocupación sin percepción de ninguna prestación
económica, el aspirante debe adjuntar a la solicitud un certificado de la Oficina de
Trabajo o del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) que acredite que el aspirante
está inscrito como demandante de ocupación y que no percibe ninguna prestación
económica; este certificado debe ser expedido durante el plazo de presentación de
solicitudes. También será necesaria una declaración responsable en que el aspirante
diga que se encuentra en situación de desocupación y que no percibe ingresos
procedentes de rendimientos del trabajo.
Las personas aspirantes que se acojan a las bonificaciones de las tasas de
inscripción que establece la orden GAH/83/2017 lo deben acreditar.
La falta de pago, el pago incompleto de la tasa o la no acreditación al efecto de
obtener la exención o bonificación, comporta excluir a la persona aspirante del proceso
selectivo.
Las tasas de inscripción se reintegrarán a petición de las personas interesadas que
hayan estado excluidas definitivamente de realizar las pruebas selectivas y siempre que
la exclusión no se produzca por causas imputables a la persona interesada.
En ningún caso el pago a la entidad bancaria substituirá el trámite de presentación
de la solicitud ante la Universidad dentro del plazo y en la forma correspondiente, de
acuerdo con lo establecido en estas bases.
Admisión de personas aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes la Rectora de la Universitat
Rovira i Virgili dictará una resolución en el plazo máximo de quince días hábiles, en virtud
de la cual se declaran aprobadas las listas provisionales de personas aspirantes
admitidas y excluidas a los distintos concursos de acceso. En esta resolución figurarán
las personas aspirantes excluidas con la causa de exclusión. La citada resolución se
publicará en la página web de la URV.
5.2 Contra dicha resolución las personas aspirantes excluidas podrán presentar
reclamación ante la Rectora en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día
cve: BOE-A-2021-15150
Verificable en https://www.boe.es
5.
Núm. 224
Sábado 18 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 114394
4.2 A la solicitud habrá que adjuntar los siguientes documentos que acrediten que
se reúnen los requisitos para participar en el presente concurso:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.
b) Fotocopia del documento que acredite estar acreditado o habilitado para el
cuerpo correspondiente.
c) Formulario de acreditación del conocimiento lingüístico del catalán junto con la
certificación acreditativa del nivel C de catalán o nivel equivalente, excepto que sea de
aplicación lo previsto en el párrafo segundo del punto 3b.
d) Justificante de ingreso en concepto de derechos de examen.
4.3
Derechos de examen:
En aplicación de lo establecido por la Ley 15/1997 y la orden GAH/83/2017, de 9 de
mayo, por la cual se da publicidad a las tasas vigentes el año 2017 correspondientes a
los procedimientos que gestiona el Departamento de Governació, Administracions
Públiques i Habitatge, las personas aspirantes deberán abonar en concepto de derechos
de examen la cantidad de 69,25 € al número de cuenta corriente de la Universitat Rovira
i Virgili, BBVA IBAN: ES 5701 8260 35 4102 0161 8358, SWIFT: BBVAESMM,
especificando el nombre y apellidos, NIF y el código de la plaza a la cual concursa.
Exenciones:
Estarán exentas del pago de la tasa, con justificación documental previa, las
personas en situación de desocupación que no perciban ninguna prestación económica,
las personas jubiladas y las que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.
Para acreditar la situación de desocupación sin percepción de ninguna prestación
económica, el aspirante debe adjuntar a la solicitud un certificado de la Oficina de
Trabajo o del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) que acredite que el aspirante
está inscrito como demandante de ocupación y que no percibe ninguna prestación
económica; este certificado debe ser expedido durante el plazo de presentación de
solicitudes. También será necesaria una declaración responsable en que el aspirante
diga que se encuentra en situación de desocupación y que no percibe ingresos
procedentes de rendimientos del trabajo.
Las personas aspirantes que se acojan a las bonificaciones de las tasas de
inscripción que establece la orden GAH/83/2017 lo deben acreditar.
La falta de pago, el pago incompleto de la tasa o la no acreditación al efecto de
obtener la exención o bonificación, comporta excluir a la persona aspirante del proceso
selectivo.
Las tasas de inscripción se reintegrarán a petición de las personas interesadas que
hayan estado excluidas definitivamente de realizar las pruebas selectivas y siempre que
la exclusión no se produzca por causas imputables a la persona interesada.
En ningún caso el pago a la entidad bancaria substituirá el trámite de presentación
de la solicitud ante la Universidad dentro del plazo y en la forma correspondiente, de
acuerdo con lo establecido en estas bases.
Admisión de personas aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes la Rectora de la Universitat
Rovira i Virgili dictará una resolución en el plazo máximo de quince días hábiles, en virtud
de la cual se declaran aprobadas las listas provisionales de personas aspirantes
admitidas y excluidas a los distintos concursos de acceso. En esta resolución figurarán
las personas aspirantes excluidas con la causa de exclusión. La citada resolución se
publicará en la página web de la URV.
5.2 Contra dicha resolución las personas aspirantes excluidas podrán presentar
reclamación ante la Rectora en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día
cve: BOE-A-2021-15150
Verificable en https://www.boe.es
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