III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-15170)
Resolución de 6 de septiembre de 2021, de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Castilla y León, para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224

Sábado 18 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 114610

personal de las víctimas de violencia de género, en todo el territorio nacional, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, así como de
las previsiones en materia de gratuidad, accesibilidad y confidencialidad de los servicios
telefónicos contempladas en el artículo 24 del Convenio de Estambul. El servicio 016 es
de ámbito estatal, estructura centralizada, gratuito, confidencial y ofrece atención
ininterrumpida: está en funcionamiento las 24 horas del día, los 365 días del año.
Séptimo.
Que en la Conferencia Sectorial de la Mujer celebrada el día 23 de julio de 2007, el
entonces competente Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad y las
Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla, acordaron la celebración de
convenios de colaboración como mecanismo para garantizar el derecho a la información
de las mujeres víctimas de violencia de género a través del servicio telefónico de
información y asesoramiento.
Octavo.
Que la Comunidad de Castilla y León tiene competencia en materia de «Promoción
de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, con particular
atención a las mujeres víctimas de violencia de género» según lo dispuesto en el
artículo 70.1.11 de su Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica 14/2007, de 30
de noviembre. Esta competencia ha sido desarrollada por la Ley 13/2010, de 9 de
diciembre, contra la violencia de género en Castilla y León, en cuyo artículo 20.1
reconoce a las mujeres víctimas de violencia de género el derecho a una atención
integral así como el derecho a la información sobre los distintos recursos de atención,
derecho a la atención especializada, derecho a la atención psicológica y a la asistencia
jurídica.
Para garantizar estos derechos, la Comunidad de Castilla y León tiene el servicio
telefónico 012.
Noveno.
Que el 4 de octubre de 2013 se suscribió un Convenio de colaboración entre el
Ministerio de Igualdad y la Comunidad de Castilla y León para la prestación del servicio
telefónico de información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia de género,
que ha facilitado durante estos años el cumplimiento de los fines de interés general y
social cuya consecución tiene encomendada la Administración General del Estado, a
través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, del actual Ministerio
de Igualdad.

Que, dado el tiempo transcurrido desde el último convenio suscrito, los avances en el
panorama normativo nacional e internacional y los cambios y las mejoras introducidos
por las partes en la prestación del servicio 016 y en el servicio telefónico autonómico
antes aludidos, determinan la necesidad de formalizar un nuevo convenio adaptado a las
circunstancias actuales.
Undécimo.
Que, por lo expuesto, procede la suscripción de un nuevo convenio entre el
Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de
Género y la Comunidad de Castilla y León, a través de la Consejería de Transparencia,
Ordenación del Territorio y Acción Exterior y de la Gerencia de Servicios Sociales
organismos autónomo adscrito a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades,

cve: BOE-A-2021-15170
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Décimo.