V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. (BOE-B-2021-39022)
Extracto de la Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Dirección General de la entidad pública empresarial Red.es, por la que se convocan subvenciones destinadas a compensar costes de servicios de comunicación televisiva derivados del Segundo Dividendo Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224
Sábado 18 de septiembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 53293
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
39022
Extracto de la Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Dirección
General de la entidad pública empresarial Red.es, por la que se
convocan subvenciones destinadas a compensar costes de servicios de
comunicación televisiva derivados del Segundo Dividendo Digital.
BDNS (Identif.): 583399
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
583399)
Primero. Beneficiarios:
Podrán solicitar y, en su caso, obtener la condición de beneficiario las
comunidades de propietarios de un edificio o conjunto de edificios sujeto al
régimen de propiedad horizontal establecido en el artículo 396 del Código Civil, así
como en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad
Horizontal.
Únicamente podrá solicitarse una subvención por cada comunidad de
propietarios, si bien la solicitud podrá abarcar la financiación de las actuaciones
subvencionables en cada una de las cabeceras de recepción de televisión digital
instaladas, en los términos descritos en la cláusula decimosegunda de la presente
convocatoria.
Segundo. Objeto:
Mediante la presente resolución se efectúa la convocatoria C016/21-SI de
concesión directa de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados
de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en
las edificaciones afectadas por la liberación del segundo dividendo digital en el
marco del Real Decreto 587/2021, de 20 de julio, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones destinadas a compensar los costes en que las
comunidades de propietarios han incurrido para garantizar la recepción o el acceso
a los servicios de comunicación audiovisual televisiva con motivo de la liberación
de la banda de frecuencias 694-790 MHz Los proyectos piloto deberán atender a
los tres objetivos siguientes:
Tienen la consideración de bases reguladoras de dichas subvenciones el Real
Decreto 587/2021, de 20 de julio, por el que se regula la concesión directa de
subvenciones destinadas a compensar los costes en que las comunidades de
propietarios han incurrido para garantizar la recepción o el acceso a los servicios
de comunicación audiovisual televisiva con motivo de la liberación de la banda de
frecuencias 694-790 MHz
Cuarto. Importe:
El presupuesto máximo disponible para la presente convocatoria asciende a
diez millones de euros (10.000.000 euros), que se financiará con cargo a los
recursos propios de Red.es.
cve: BOE-B-2021-39022
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Bases reguladoras:
Núm. 224
Sábado 18 de septiembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 53293
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39022
Extracto de la Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Dirección
General de la entidad pública empresarial Red.es, por la que se
convocan subvenciones destinadas a compensar costes de servicios de
comunicación televisiva derivados del Segundo Dividendo Digital.
BDNS (Identif.): 583399
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
583399)
Primero. Beneficiarios:
Podrán solicitar y, en su caso, obtener la condición de beneficiario las
comunidades de propietarios de un edificio o conjunto de edificios sujeto al
régimen de propiedad horizontal establecido en el artículo 396 del Código Civil, así
como en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad
Horizontal.
Únicamente podrá solicitarse una subvención por cada comunidad de
propietarios, si bien la solicitud podrá abarcar la financiación de las actuaciones
subvencionables en cada una de las cabeceras de recepción de televisión digital
instaladas, en los términos descritos en la cláusula decimosegunda de la presente
convocatoria.
Segundo. Objeto:
Mediante la presente resolución se efectúa la convocatoria C016/21-SI de
concesión directa de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados
de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en
las edificaciones afectadas por la liberación del segundo dividendo digital en el
marco del Real Decreto 587/2021, de 20 de julio, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones destinadas a compensar los costes en que las
comunidades de propietarios han incurrido para garantizar la recepción o el acceso
a los servicios de comunicación audiovisual televisiva con motivo de la liberación
de la banda de frecuencias 694-790 MHz Los proyectos piloto deberán atender a
los tres objetivos siguientes:
Tienen la consideración de bases reguladoras de dichas subvenciones el Real
Decreto 587/2021, de 20 de julio, por el que se regula la concesión directa de
subvenciones destinadas a compensar los costes en que las comunidades de
propietarios han incurrido para garantizar la recepción o el acceso a los servicios
de comunicación audiovisual televisiva con motivo de la liberación de la banda de
frecuencias 694-790 MHz
Cuarto. Importe:
El presupuesto máximo disponible para la presente convocatoria asciende a
diez millones de euros (10.000.000 euros), que se financiará con cargo a los
recursos propios de Red.es.
cve: BOE-B-2021-39022
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Bases reguladoras: