III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2021-15089)
Resolución de 6 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del proyecto de conexión eléctrica a 132 kV entre Ibiza (subestación Torrent) y Formentera (subestación Formentera), en los términos municipales de Santa Eulalia del Río, Ibiza y San Francisco Javier (Islas Baleares), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222

Jueves 16 de septiembre de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 6 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción del proyecto de conexión eléctrica a 132 kV entre Ibiza
(subestación Torrent) y Formentera (subestación Formentera), en los
términos municipales de Santa Eulalia del Río, Ibiza y San Francisco Javier
(Islas Baleares), y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Red Eléctrica de España, SAU (en lo sucesivo, REE) solicitó, mediante escrito de
fecha 17 de enero de 2020, autorización administrativa previa, declaración de impacto
ambiental, autorización administrativa de construcción, y declaración, en concreto, de
utilidad pública para el proyecto de conexión eléctrica a 132 kV entre Ibiza (subestación
Torrent) y Formentera (subestación Formentera), en las Islas Baleares.
Posteriormente, mediante escrito de fecha 9 de noviembre de 2020, REE presenta
una adenda al proyecto, motivada por el resultado de las prospecciones arqueológicas
realizadas en el emplazamiento de la subestación de Formentera 132/30 kV, siendo
necesario modificar el trazado del camino de acceso a la citada subestación.
El expediente fue incoado en el Área Funcional de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en las Islas Baleares.
El expediente se inició y tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, con lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental, y con lo previsto en las disposiciones adicionales duodécima,
segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de
concesión de obras públicas.
El Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río emite informe favorable, sujeto a una serie
de condicionados técnicos y a una comunicación previa al inicio de la obra. REE
contesta con una toma de razón del informe favorable emitido y manifestando que se
tendrán en consideración los condicionantes establecidos.
El Servicio de Infraestructuras Viarias del Departamento de Gestión del Territorio,
Infraestructuras Viarias y Lucha Contra el Intrusismo del Consell d´Eivissa informa
favorablemente, siempre y cuando se cumplan una serie de prescripciones técnicas.
REE contesta indicando que se tiene en consideración el informe favorable, aceptándose
las prescripciones, a las cuales se realizan una serie de matizaciones o aclaraciones. Se
remite este escrito al Consell d´Eivissa, sin que conste respuesta posterior por su parte,
por lo que se entiende su conformidad, de acuerdo con lo establecido en los
artículos 127.4, 131.4 y 147.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Medio Ambiente del Departamento de Presidencia y Gestión Ambiental del Consell d´Eivissa
emite informe en el que considera relevante ampliar el inventario ambiental con varias
especies, así como establecer medidas de minimización para evitar afecciones sobre la
colonia de cría de Puffinus mauritanicus y de la comunidad vegetal de Limonium
ebusitanum. REE contesta indicando que se ha actualizado el inventario ambiental de
acuerdo con lo indicado y que realizará una valoración, con el objeto de establecer si
fueran necesarias nuevas medidas preventivas o correctoras, incluyéndolas dentro del
Programa de Vigilancia Ambiental de la obra. Se remite este escrito al Consell d´Eivissa,
sin que conste respuesta posterior por su parte, por lo que se entiende su conformidad,

cve: BOE-A-2021-15089
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