III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-15084)
Resolución de 2 de agosto de 2021, de la Autoridad Portuaria de Baleares, por la que se publica el Convenio con el Consejo Insular de Mallorca, en materia de prevención y extinción de incendios, salvamento y protección civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222

Jueves 16 de septiembre de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
15084

Resolución de 2 de agosto de 2021, de la Autoridad Portuaria de Baleares,
por la que se publica el Convenio con el Consejo Insular de Mallorca, en
materia de prevención y extinción de incendios, salvamento y protección civil.

Con fecha 1 de junio de 2021 y previa tramitación del oportuno procedimiento, según
lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público, se firmó el Convenio entre el Consell de Mallorca y
la Autoridad Portuaria de Baleares en materia de prevención y extinción de incendios,
salvamento y protección civil.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la citada Ley, la eficacia del
Convenio se condiciona a su inscripción en el Registro electrónico estatal de órganos e
instrumentos de cooperación del sector público estatal (REOICO), y a su publicación en
el «Boletín Oficial del Estado», por lo que por medio de la presente se acuerda:
La publicación en el BOE del Convenio entre el Consell de Mallorca y la Autoridad
Portuaria de Baleares en materia de prevención y extinción de incendios, salvamento y
protección civil.
Palma de Mallorca, 2 de agosto de 2021.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de
Baleares, Francesc Antich Oliver.
ANEXO
Convenio entre el Consell de Mallorca y la Autoridad Portuaria de Baleares en
materia de prevención y extinción de incendios, salvamento y protección civil

Por una parte, el Sr. Josep Lluís Colom Martínez, Consejero Ejecutivo de Hacienda y
Función Pública del Consell de Mallorca, en virtud de nombramiento efectuado por
Decreto de la Presidenta del Consell de Mallorca, el 8 de julio de 2019 («Boletín Oficial
de les Illes Balears» – BOIB– núm. 92, de 9 de julio de 2019), y actuando en virtud de las
atribuciones conferidas en el apartado d) del artículo 1 del Decreto de organización del
Consejo de Mallorca, aprobado el día 9 de diciembre de 2019.
Y por la otra, el señor Francesc Antich Oliver, Presidente de la Autoridad Portuaria de
Baleares, en virtud de nombramiento efectuado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de
las Islas Baleares el 21 de septiembre de 2020 («Boletín Oficial del Estado» núm. 256,
de 26 de septiembre de 2020, según Orden TMA/891/2020, de 24 de septiembre), en
ejercicio de las funciones atribuidas por el artículo 31.2.a) del Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Las partes nos reconocemos mutuamente la capacidad legal necesaria para
formalizar este Convenio de acuerdo con los siguientes
ANTECEDENTES
1. El Consell de Mallorca es, de acuerdo con los artículos 36.1.c) y 41.3 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), la

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