III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-15028)
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Renault España, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221

Miércoles 15 de septiembre de 2021

4.3

Sec. III. Pág. 113067

Programas para pruebas teórico-prácticas.

Referentes a una o varias plazas cuyas funciones corresponden a una determinada
categoría y especialidad.
Estos programas serán difundidos en el tablón de anuncios en el momento de
convocarse la(s) plaza(s) concreta(s).
5.

Plazos.

Los programas para las pruebas específicas y profesionales especiales de cada
concurso serán publicados con una antelación mínima de un mes a la fecha de
celebración de las mismas.
No será de aplicación este plazo cuando los exámenes se refieren a descubrimientos
en los aspirantes de aptitudes profesionales o naturales que no exijan preparación
específica alguna para la realización de pruebas de selección correspondientes, o, en su
caso, de urgente necesidad estimado por la Dirección por razones de organización del
trabajo, sin que el plazo en este caso sea inferior a siete días naturales.
La Empresa, una vez conocido el trabajador que haya obtenido plaza de una nueva
categoría, dispondrá de quince días hábiles para amortizar o convocar su cobertura por
el procedimiento que corresponda.
6.

Baremo de calificación.

Para la calificación de los concursos - examen y los concursos de méritos se utilizará
el siguiente baremo:
Puntuación
Máxima total Concreta asignable

1.º Méritos:
1) Antigüedad.

20



Por cada año en la Empresa.
Por cada año en el grupo profesional.
Por cada año en la categoría inmediata
inferior y en la misma o superior.





1
1
3

2) Experiencia en funciones idénticas
o análogas.

10



3) Calificación por el Mérito.

20



2.º Examen.

50



a)

Antigüedad: de acuerdo con el baremo.

La puntuación de antigüedad se hará por trimestres vencidos en los tres conceptos
que se especifican.
– Por cada año en la Empresa, 0,25 puntos/trimestre vencido.
– Por cada año en el grupo profesional, 0,25 puntos/trimestre vencido.
– Por cada año en la categoría inmediata inferior y en la misma o superior, 0,75
puntos/trimestre vencido.

cve: BOE-A-2021-15028
Verificable en https://www.boe.es

Los méritos serán aplicados por el tribunal a partir del informe del jefe del
Departamento.
En los concursos-examen se utilizará el baremo en su totalidad.
En los concursos de méritos, solamente la parte referente a éstos.
Los méritos serán aplicados de acuerdo con las siguientes normas: