II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2021-15012)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Justicia, de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Presidencia, Justicia y Turismo, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto de Medicina Legal de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de septiembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 112553

3. Para los puestos de jefe/a de sección de patología forense, la posesión del título
de médico especialista en medicina interna, expedido u homologado por el ministerio
competente en materia de educación: hasta 5 puntos.
Para el puesto de jefe/a de sección de clínica médico-forense, la posesión del título
de médico especialista en medicina interna, ginecología o reumatología, expedidos u
homologados por el ministerio competente en materia de educación: 5 puntos.
4. La posesión del título de médico especialista en especialidad diferente a las
comprendidas en los apartados anteriores, expedido u homologado por el ministerio
competente en materia de educación: hasta 3 puntos.
5. Para los puestos de jefe/a de sección de patología forense, la posesión de un
título o diploma universitario de máster en anatomía patológica; y para el puesto de jefe/a
de sección de clínica médico-forense, la posesión de un título o diploma universitario de
máster en valoración de daño corporal o curso universitario de especialista en medicina
legal: hasta 4 puntos. A estos efectos solo se valorarán los estudios de posgrado
realizados en cualquier universidad española, con una duración mínima de 50 créditos
entre teóricos y prácticos y con una duración lectiva de por lo menos un curso
académico.
6. Doctorado con premio extraordinario: hasta 10 puntos.
Doctorado con sobresaliente: hasta 7 puntos.
Doctorado con otras puntuaciones: hasta 3 puntos.
C. Conocimientos, formación profesional e investigación. Con un máximo de 10
puntos, en función de los méritos siguientes:
1. Por formación, según el caso, en el área de patología forense o en el área de
clínica médico-forense: hasta 10 puntos, a razón de hasta 0,4 puntos por cada diez
horas. Solo se valorarán los méritos de este apartado si son fruto de actividades
convocadas y organizadas por la universidad, institutos o escuelas oficiales, Centro de
Estudios Jurídicos del Ministerio de Justicia, Dirección General de Justicia o Escuela
Gallega de Administración Pública, y cuando hubiesen sido homologados por una
Administración pública, excluyéndose la formación recibida para obtener las titulaciones
académicas comprendidas en el apartado B anterior.
2. Por formación específica en otras áreas de la medicina forense o en materias o
disciplinas médicas que guarden relación con el puesto solicitado: hasta 5 puntos, a
razón de hasta 0,2 puntos por cada diez horas. Solo se valorarán los méritos de este
apartado si son fruto de actividades convocadas y organizadas por la universidad,
institutos o escuelas oficiales, Centro de Estudios Jurídicos del Ministerio de Justicia,
Dirección General de Justicia o Escuela Gallega de Administración Pública, y cuando
hubiesen sido homologados por una Administración pública, excluyéndose la formación
recibida para obtener las titulaciones académicas comprendidas en el apartado B
anterior.
3. Por becas y participación en proyectos de investigación oficiales en materias
relacionadas con el puesto solicitado: hasta 5 puntos, siempre que estas actividades no
hubiesen sido valoradas en la primera fase (méritos generales).
D. Conocimientos de informática y técnicas audiovisuales. Con un máximo de 3
puntos, valorándose al efecto:
Los cursos de formación informática (sistemas operativos, tratamiento de textos,
tratamiento de imágenes, hoja de cálculo, bases de datos, internet y correo electrónico),
así como cursos de fotografía y métodos de reproducción, convocados y organizados por
la universidad, institutos o escuelas oficiales, Centro de Estudios Jurídicos del Ministerio
de Justicia, Dirección General de Justicia o Escuela Gallega de Administración Pública,
así como los convocados por las organizaciones sindicales, cuando hubiesen sido
homologados por una Administración pública: hasta 3 puntos, a razón de 0,1 puntos por
cada diez horas de formación recibida.

cve: BOE-A-2021-15012
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Núm. 221